Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Reconocimiento de terreno recibido a título de comodato precario por parte de ESAL


Actualizado: 3 mayo, 2017 (hace 7 años)

Si una ESAL recibe un terreno  a título de comodato precario, de cuya explotación, que es una reserva natural, deriva sus ingresos, ¿debe reconocer ese terreno con las instalaciones que allí existen como un activo y cómo debería medirse el mismo teniendo en cuenta que el comodato es indefinido?

El Dr. Juan David aclara que lo primero que se debe tener presente es que se trata de una ESAL, es decir, una entidad sin ánimo de lucro. Ahora bien, si esta entidad recibe un terreno con unas instalaciones con el fin de operar allí y no con el ánimo de recibir grandes utilidades, si la entidad a futuro no lo puede vender o ceder los derechos a título oneroso, no tiene mucho sentido reconocer esta partida como un activo.

De acuerdo con lo anterior lo que se recomienda es generar una nota en los estados financieros en la que se reporta que se tiene un terreno bajo la figura de contrato en comodato.

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