Respuesta de Juan David Maya a la pregunta
¿Cómo se reconoce contablemente el dinero entregado por una aseguradora a una entidad del grupo 2 por el hurto de un vehículo propiedad de esta última?
Juan David Maya, experto y consultor en Normas Internacionales aclara que si la pregunta está orientada desde el punto de vista de la entidad a la cual le fue hurtado el vehículo, esta deberá reconocer en primera medida una pérdida. Sin embargo, si el bien estaba asegurado, el dinero entregado por este tipo de entidades aseguradoras se debe reportar en los respectivos estados financieros de la empresa como la recuperación de una pérdida por concepto de hurto de vehículo, la cual puede generar un ingreso de acuerdo con el valor en libros registrado.