Respuesta de Juan David Maya a la pregunta
¿En las transacciones de leasing debe ser contemplado el impuesto diferido?
Juan David Maya, experto y consultor en Normas Internacionales de Información Financiera, aclara que el cálculo del impuesto diferido no depende de la transacción económica, sino de las diferencias que puedan darse entre el valor fiscal y el valor contable, las cuales son denominadas diferencias temporarias y deben ser multiplicadas por la tasa de tributación.
Es de anotar que el impuesto diferido debe ser reconocido y medido de acuerdo con las instrucciones dadas en la sección 29 del Estándar Internacional para Pymes.