Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Reconocimiento del Paef en la declaración de renta de una persona natural AG 2021


Reconocimiento del Paef en la declaración de renta de una persona natural AG 2021
Actualizado: 17 mayo, 2022 (hace 2 años)

Las personas naturales que durante el año gravable 2021 hayan recibido ingresos provenientes del Paef deberán tener en cuenta el tratamiento de dichos dineros en la declaración de renta del período en mención.

Aquí te contamos los detalles más importantes al respecto.

En el siguiente video, nuestro conferencista, el Dr. Diego Guevara Madrid, destacado tributarista y líder de investigación en impuestos de Actualícese, explica cuáles son los efectos de que una persona natural haya recibido durante el 2021 el ingreso por el auxilio a la nómina del Paef y cómo debe reconocerlo en la declaración de renta del año gravable 2021. Veamos:

De acuerdo con lo expuesto por el Dr. Guevara, las personas naturales obligadas a declarar renta por el año gravable 2021, y que durante dicho año hayan recibido ingresos provenientes del Programa de Apoyo al Empleo Formal –Paef– (ver el Decreto Legislativo 639 de 2020, modificado por los decretos legislativos 677 y 815 del mismo año y las leyes 2060 de 2020 y 2155 de 2021), deberán declarar dicho recursos como ingresos brutos gravables en su declaración de renta, dado que la norma no permitió tratarlos como ingresos no gravados.

No obstante, a dicho ingresos podrán imputárseles los gastos de nómina procedentes.

Por tanto, dichos recursos provenientes del Paef deberán registrarse en el  formulario 210, prescrito mediante la Resolución 000025 de febrero de 2022, bien sea en el renglón 43 (para el caso de los trabajadores independientes que pretendan imputar costos y gastos y renuncien al 25 % de renta exenta), en el renglón 58 (tratándose de personas naturales que perciban rentas de capital) o en el renglón 74 (para el caso de los comerciantes). En todo caso, en los renglones 45, 60 y 77, según la sección del formulario 210 que corresponda, la persona natural podrá asociar los gastos procedentes de nómina.

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