Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Reconocimiento del pago de un domingo para empleado que ingresa a laborar finalizando mes


Actualizado: 10 julio, 2017 (hace 7 años)

Si una persona ingresa a laborar el viernes 27 de un determinado mes, ¿en el pago de la nómina se le debe liquidar también el domingo?

La abogada y especialista en derecho laboral Natalia Jaimes Lúquez menciona que si un empleado ha cumplido con su jornada ordinaria de lunes a viernes o de lunes a sábado, se le debe pagar el dominical, pues, según lo que establece el artículo 173 del Código Sustantivo del Trabajo, este solo será descontado si el empleado se ausenta sin una justa causa.

Ahora bien, para el caso en mención se considera pertinente pagar el dominical al empleado porque la norma laboral establece que

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