Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Reconocimiento y valoración de dividendos decretados en acciones


Reconocimiento y valoración de dividendos decretados en acciones
Actualizado: 22 junio, 2016 (hace 8 años)

Cuando la asamblea de socios y accionistas determina la distribución de dividendos en acciones, la operación de reconocimiento solamente tiene efecto en cuentas del patrimonio y por tanto el ajuste a realizar no representa ninguna variación patrimonial.

Resolvamos brevemente la siguiente consulta de uno de nuestros usuarios: una sociedad que decreta dividendos en acciones, ¿cómo debe valorar las acciones liberadas y de qué forma debe reconocer la operación?

En este caso se tiene una sociedad en la que hubo utilidades en un período determinado, se reunió la junta de socios o asamblea de accionistas y determinaron la distribución de dividendos en forma de acciones; es decir que no se va a entregar ningún activo a los socios o accionistas, y estos no recibirán dinero, vehículos, mercancías, etc., sino que serán acreedores de más acciones de la compañía.

Ahora bien, cuando la entidad posee utilidades en su patrimonio, tiene los aportes sociales, otras partidas y además ganancias retenidas. Llegado el momento, la asamblea puede distribuir las ganancias retenidas y además determinar hacerlo en forma de unidades de patrimonio –instrumentos de patrimonio–. En dicho caso, la entidad no estará distribuyendo nada, pues el patrimonio como componente del estado financiero sigue estando compuesto igual antes y después de la distribución de dividendos.

Lo que la entidad debe hacer en este caso es tomar las ganancias retenidas, que luego se convirtieron en dividendos por pagar, y trasladarlos al capital social; al final no hay incrementos ni disminución en el patrimonio neto de la entidad a menos que se tenga algún costo de emisión de acciones, pues de lo contrario la operación representa un simple movimiento de recursos dentro del mismo patrimonio.

La valoración de los instrumentos corresponderá simplemente al valor de los dividendos que se están repartiendo. Es posible que las acciones tengan un valor nominal y el valor de los dividendos sea mucho más alto o bajo; esto generará una prima o un descuento que será mayor o menor valor del capital social.

En síntesis, lo que el usuario que formula la consulta deberá hacer es trasladar las ganancias retenidas a dividendos por pagar, y luego de esta última cuenta se llevan al capital; de tal manera, el patrimonio se reestablece y no hay variación patrimonial por efecto de la distribución en dividendos.

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