Declaraciones que no se hayan presentado, y correcciones a las ya presentadas (siempre y cuando no se haya recibido emplazamiento o requerimiento especial) son los beneficios con los que cuentan los contribuyentes durante el inicio del 2015. Esta determinación de la DIAN es con el propósito de que todo aquél que esté en mora, se ponga al día sin pagar sanciones e intereses de mora. Febrero 27 es la fecha límite para gozar del beneficio. Más información aquí: Invitación DIAN