Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Reducción de salario como medida para contrarrestar la crisis del COVID-19 en las empresas


Reducción de salario como medida para contrarrestar la crisis del COVID-19 en las empresas
Actualizado: 18 mayo, 2020 (hace 4 años)

Las empresas pueden recurrir a la disminución de salarios, siempre que esta decisión se encuentre debidamente justificada.

Conozca, a continuación, algunas pautas que debe tener en cuenta para reducir el salario por la contingencia del COVID-19.

¿Es legal que las empresas apliquen la reducción de salarios por la emergencia decretada ante la aparición del COVID-19?

Como fue estudiado a través de nuestro editorial Teletrabajo y disminución salarial por COVID-19, el artículo 132 del Código Sustantivo del Trabajo –CST– establece que trabajador y empleador pueden convenir el salario en cualquiera de sus modalidades, sin que pueda verse afectado el salario mínimo mensual legal vigente –smmlv– ($877.803 por el 2020).

Frente a la reducción del salario, debe tenerse en cuenta que debe:

  • Ser un acuerdo entre las partes.
  • Obedecer a una circunstancia económica que lo amerite.
  • Realizarse los aportes a seguridad social sobre el nuevo monto de salario.
  • Realizarse la liquidación de las prestaciones sociales, teniendo en cuenta la variación del salario.

En el siguiente vídeo, Natalia Jaimes Lúquez, abogada consultora en derecho laboral aborda el interrogante en cuestión:

¿Puede reducirse el smmlv?

Sí. El salario mínimo mensual legal vigente –smmlv– puede reducirse, siempre que, a su vez, se reduzca la jornada laboral. Por ejemplo, dicha medida puede emplearse si se establece que los trabajadores que devenguen un (1) smmlv van a trabajar por media jornada (4 horas diarias); en este caso puede reducirse el salario a $438.902 por el 2020.

Para lo anterior debe tener en cuenta que:

  • Los aportes a seguridad social deberán continuar efectuándose sobre un (1) smmlv.
  • El auxilio de transporte debe continuar pagándose en su totalidad.
  • Las prestaciones sociales deberán liquidarse sobre la variación que haya tenido el salario o sobre el smmlv.

Lo invitamos a que consulte también nuestro consultorio laboral, a través del cual el abogado Luis Miguel Merino, abogado consultor en derecho laboral realiza un estudio de las medidas que pueden implementar los empleadores, entre las que se encuentran la reducción de salario, para poder sobrellevar la afectación que ha podido tener la contingencia del COVID-19 en las empresas:

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