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Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Reducción de sanciones por extemporaneidad y por no declarar


Reducción de sanciones por extemporaneidad y por no declarar
Actualizado: 5 diciembre, 2017 (hace 7 años)

Con la reforma tributaria se estableció de forma explícita la aplicación de las sanciones por extemporaneidad y por no declarar a ciertas declaraciones. Estas también pueden liquidarse de forma reducida conforme a los requisitos del artículo 640 del ET sin que sea inferior a la sanción mínima.

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