El Comité Autónomo de la Regla Fiscal analizó el proyecto de reforma pensional y emitió 6 modificaciones para que el país tenga finanzas sanas.
El costo fiscal neto de la reforma pensional depende críticamente de que sus recursos se administren adecuadamente y se logre el objetivo de rentabilidad.
La columna vertebral de la propuesta de reforma pensional del Gobierno nacional se basa en un esquema compuesto por cuatro pilares: el solidario, el semicontributivo, el contributivo y el de ahorro voluntario.
El Comité Autónomo de la Regla Fiscal –CARF– se pronunció, a través de un análisis técnico, sobre las consecuencias que esta reforma traería a la sostenibilidad fiscal en el largo plazo de las finanzas del Gobierno nacional.
De acuerdo con las estimaciones del CARF, la propuesta de reforma pensional presentada tendría implicaciones fiscales que deben ser evaluadas en medio de su discusión en el Congreso de la República y posteriormente en la planeación financiera del país.
La entidad realiza 6 modificaciones que ayudarían a mitigar los efectos negativos sobre la sostenibilidad fiscal y el ahorro de la economía
El umbral óptimo desde el punto de vista de los subsidios a pensiones y del ahorro de la economía es 1 salario mínimo mensual legal vigente –SMMLV–. Corregir el umbral mejora la equidad de la reforma y reduce el costo fiscal en 20 % del PIB en valor presente.
Participamos en la Audiencia Pública desarrollada en la @7Comision sobre #ReformaPensional. “Con el proyecto radicado, disminuir el umbral del pilar contributivo de 3 a 1 SMMLV, mejora el stock de ahorro y el valor presente de los giros a la Nación». Dir. Técnico del #CARF
🧵 pic.twitter.com/Uih087XFwb— Comité Autónomo de la Regla Fiscal (@CARFColombia) May 10, 2023
Se propone invertir la lógica del artículo 23 del proyecto de ley, en cuanto a los usos de las cotizaciones. Hacer que un porcentaje fijo de las cotizaciones vaya al fondo común y el resto vaya al fondo de ahorro, calibrando que en todo momento la Nación siga girando el mismo monto como porcentaje del PIB a Colpensiones.
Con esto, se garantiza que el Gobierno ahorre de forma consistente con las mayores obligaciones que adquiere. Este componente de ahorro se armoniza con el ciclo económico y el Gobierno puede continuar destinando al pago de las obligaciones pensionales un monto equivalente al actual, sin que con la reforma se liberen recursos adicionales para gasto corriente.
Eliminar del articulado la posibilidad de que los recursos del fondo de ahorro se puedan desacumular para razones diferentes a pagar las mesadas pensionales de quienes cotizaron en la constitución del acervo del fondo.
El fondo de ahorro debe contar con un gobierno institucional y un estatuto de inversiones que le permita ser administrado en condiciones de mercado, con su rentabilidad como función objetivo. Sería ideal contar con un esquema de administración independiente del Gobierno y aprovechar experiencias anteriores de gestión de portafolios públicos.
El costo fiscal neto de la reforma depende críticamente de que estos recursos se administren adecuadamente y se logre el objetivo de rentabilidad.
Se debe aclarar en el articulado que el pilar solidario complementa el esquema pensional en el sistema de protección social, pero técnicamente no hace parte de él. Según la entidad:
El componente solidario debe tener una lógica presupuestal. En consecuencia, debe separarse del proyecto de reforma pensional de tal manera que jurídicamente no pueda interpretarse como un derecho adquirido de los receptores de una transferencia social, no pensional.
Se recomienda que el proyecto de ley plantee soluciones a los regímenes especiales, que constituyen 2/3 del problema pensional.
De igual forma, con el objetivo de garantizar la sostenibilidad del sistema en el largo plazo, el proyecto debería incluir modificaciones sobre las semanas cotizadas, la edad de pensión, el porcentaje de cotización y/o la tasa de reemplazo.