Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Reforma tributaria: 7 modificaciones al impuesto de renta de las sociedades


Reforma tributaria: 7 modificaciones al impuesto de renta de las sociedades
Actualizado: 6 enero, 2017 (hace 7 años)

Algunas de las novedades sobre el impuesto de renta de las sociedades que presenta la reforma son la eliminación del impuesto a la riqueza, del CREE y su sobretasa. Además, desde 2019 las sociedades contarán con una tarifa única del 33% y unificación del régimen para todas las zonas francas.

Con el objetivo de contribuir a la creación y el sostenimiento de empresas estables y competitivas, capaces de generar empleo formal, la reforma tributaria (Ley 1819 de 2016redujo de forma significativa las tarifas del impuesto de renta y simplificó las obligaciones tributarias.

Cambios a tener en cuenta

1. Unificación de los impuestos: a partir de 2019 solo existirá el impuesto de renta. Se eliminó el impuesto a la riqueza, así como el CREE y su sobretasa.

2. La reforma armoniza el sistema tributario con las nuevas normas contables aplicables a todas las empresas (Normas Internacionales de Información Financiera). De esta manera, se renueva el lenguaje contable del Estatuto Tributario, pues ahora se referirá a estas. En consecuencia, las empresas pasarán de 4 sistemas contables (Decreto 2649 de 1993, Normas Internacionales, conciliación fiscal y libro tributario) a uno que realiza la conciliación fiscal de manera directa a partir de la contabilidad indicada por las Normas Internacionales.

3. A partir de 2019 las sociedades tendrán una tarifa única del 33%.

4. Durante 2017 la tarifa será del 34% más 6% de sobretasa, mientras que para 2018 será del 33% más 4% de sobretasa.Esta solo aplica a las empresas que tengan utilidades mayores a $800 millones.

“Las sociedades podrán deducir el IVA sobre los bienes de capital utilizados en procesos productivos del impuesto sobre la renta”

5. Las sociedades podrán deducir el IVA sobre los bienes de capital utilizados en procesos productivos del impuesto sobre la renta. Dichos bienes son los adquiridos a fin de expandirse, mejorar los negocios e invertir (maquinarias, fábricas, nuevas tecnologías, entre otras).

6. Se unifica el régimen para todas las zonas francas, que tributarán a una tarifa preferencial del 20% y no deberán pagar parafiscales.Así mismo, conservarán los beneficios tributarios en la base gravable del IVA.

7. La reforma introdujo beneficios tributarios a los hoteles nuevos que se establezcan en municipios de menos de 200.000 habitantes e incorporó exenciones a la venta de energía eléctrica generada con base en energía eólica, biomasa o residuos agrícolas, solar, geotérmica o de los mares.

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