Algunas de las novedades sobre el impuesto de renta de las sociedades que presenta la reforma son la eliminación del impuesto a la riqueza, del CREE y su sobretasa. Además, desde 2019 las sociedades contarán con una tarifa única del 33% y unificación del régimen para todas las zonas francas.
Con el objetivo de contribuir a la creación y el sostenimiento de empresas estables y competitivas, capaces de generar empleo formal, la reforma tributaria (Ley 1819 de 2016) redujo de forma significativa las tarifas del impuesto de renta y simplificó las obligaciones tributarias.
1. Unificación de los impuestos: a partir de 2019 solo existirá el impuesto de renta. Se eliminó el impuesto a la riqueza, así como el CREE y su sobretasa.
2. La reforma armoniza el sistema tributario con las nuevas normas contables aplicables a todas las empresas (Normas Internacionales de Información Financiera). De esta manera, se renueva el lenguaje contable del Estatuto Tributario, pues ahora se referirá a estas. En consecuencia, las empresas pasarán de 4 sistemas contables (Decreto 2649 de 1993, Normas Internacionales, conciliación fiscal y libro tributario) a uno que realiza la conciliación fiscal de manera directa a partir de la contabilidad indicada por las Normas Internacionales.
3. A partir de 2019 las sociedades tendrán una tarifa única del 33%.
4. Durante 2017 la tarifa será del 34% más 6% de sobretasa, mientras que para 2018 será del 33% más 4% de sobretasa.Esta solo aplica a las empresas que tengan utilidades mayores a $800 millones.
5. Las sociedades podrán deducir el IVA sobre los bienes de capital utilizados en procesos productivos del impuesto sobre la renta. Dichos bienes son los adquiridos a fin de expandirse, mejorar los negocios e invertir (maquinarias, fábricas, nuevas tecnologías, entre otras).
6. Se unifica el régimen para todas las zonas francas, que tributarán a una tarifa preferencial del 20% y no deberán pagar parafiscales.Así mismo, conservarán los beneficios tributarios en la base gravable del IVA.
7. La reforma introdujo beneficios tributarios a los hoteles nuevos que se establezcan en municipios de menos de 200.000 habitantes e incorporó exenciones a la venta de energía eléctrica generada con base en energía eólica, biomasa o residuos agrícolas, solar, geotérmica o de los mares.