Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Reforma tributaria: ¿por qué cobrar una sobretasa de renta al sector asegurador es un error?


Reforma tributaria: ¿por qué cobrar una sobretasa de renta al sector asegurador es un error?
Actualizado: 14 marzo, 2023 (hace 1 año)

Aquí hablaremos sobre...

  • Preocupaciones del sector asegurador en torno a la reforma tributaria
  • Reforma tributaria y sobretasa al impuesto de renta
  • Gravar las ganancias ocasionales derivadas del pago de indemnizaciones de seguros

Para Fasecolda, la reforma tributaria debe dar un paso hacia adelante. Es necesario revisar y bajar la tarifa general del impuesto de renta de las personas jurídicas.

Guscavo Morales afirma que incluir al sector asegurador en el universo de quienes contribuyen de forma extraordinaria es un error.

Durante el webinar Reforma tributaria: implicaciones para el sector asegurador, organizado por la Federación de Aseguradores Colombianos –Fasecolda –, Gustavo Morales Cobo, presidente ejecutivo de la entidad, habló sobre cómo la Ley 2277 de 2022 está impactando al sector asegurador colombiano:

Siempre apoyamos la idea del Gobierno nacional y del Congreso de tener un régimen tributario más progresivo y equitativo, donde todos pongan según sus capacidades, lo cual permita al Estado cumplir sus objetivos sociales.

Desde su punto de vista, en términos generales, la reforma tributaria es un paso que va en dicha dirección, en la medida en que suavizó o equilibró la curva de los impuestos para las personas naturales, en el sentido más equitativo, donde los que más reciben más contribuyen:

Apoyando esa visión, creemos que es necesario dar un siguiente paso, ojalá muy pronto: revisar a la baja la tarifa general del impuesto de renta de las personas jurídicas.

“El sector asegurador colombiano es formal y siempre ha estado comprometido con cumplir las normas legales, entre ellas la reforma tributaria”

Respecto a la posición del ministro de Hacienda, José Antonio Ocampo, quien ha anunciado que si el recaudo de este año lo permite, ese será el próximo tema a discutir, Morales afirmó: «desde Fasecolda apoyaremos la idea de rebajar la tarifa general del impuesto de renta corporativo».

El sector asegurador colombiano es formal y siempre ha estado comprometido con cumplir las normas legales, entre ellas la reforma tributaria. «El año pasado pagamos en impuestos 1.2 billones de pesos», dijo.

Preocupaciones del sector asegurador en torno a la reforma tributaria

Morales Cobo afirmó que, al igual que muchos otros sectores económicos, el asegurador también presenta preocupaciones en relación al articulado. Para él, siempre se presentan amenazas. Tanto el Congreso como el Gobierno interpretaron que algunas ideas propuestas en el proyecto original eran malas y las eliminaron.

Hay que estar atentos para no caer en el mismo error. Por ejemplo, en el proyecto inicial de esta reforma tributaria se proponía gravar los rendimientos de las reservas de los seguros de pensiones y jubilación; lo cual en el fondo significa aceptar la garantía de que el sector asegurador responderá por las pensiones y la seguridad económica de los adultos mayores. Gravar eso era un error, pero afortunadamente se corrigió.

De igual forma, se corrigió el error de alterar las tarifas diferenciales que existen actualmente para los seguros agropecuarios y los seguros de salud.

Reconozco que el tema de las tarifas diferenciales admite cierto debate y la ortodoxia tributaria sugiere que estas no deberían existir, pero también es cierto que la Constitución, la ley y las políticas del Gobierno han decidido promover ciertos sectores y garantizar derechos, y estas tarifas diferenciales contribuyen a alcanzar dichos objetivos.

Sería un error en estos momentos de nuestro desarrollo económico, queriendo promover los sectores salud y agrícola, alterar estas tarifas diferenciales.

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Reforma tributaria y sobretasa al impuesto de renta

En relación a la sobretasa al impuesto de renta, esta fue ampliada y extendida para ciertos sectores por la reforma tributaria. También se cambió la redacción que incluye al sector asegurador.

Aquí se presenta un problema. Estas sobretasas que afectan a sectores que han tenido una prosperidad reciente en ingresos, sin que ese auge sea atribuible al sector, tienen sentido.

El sector hidrocarburos, por ejemplo, se enriquece porque con una guerra entre Rusia y Ucrania se elevan los precios de los productos, no porque se presente una inversión en innovación o incrementos en eficiencia. Para Morales Cobo, es perfectamente válido que el Estado decida gravar diferencialmente y de mayor manera a este sector.

La pregunta es: ¿se puede predicar ese auge inesperado o no meritorio del sector asegurador? En Fasecolda creemos que no. No hay nada en lo que ha sucedido (cambio climático, petróleo, tasas de interés) que beneficie de forma extraordinaria al sector asegurador.

Todo lo contrario, muchos de estos sucesos globales y locales están afectando al sector asegurador.

Incluir al sector asegurador en el universo de quienes contribuyen de forma extraordinaria porque se están beneficiando de forma extraordinaria, «creemos que es un error conceptual, por lo que se debe dar un debate al respecto».

Gravar las ganancias ocasionales derivadas del pago de indemnizaciones de seguros

Morales Cobo también se refirió al régimen de las ganancias ocasionales. Recordó que se modificó la tarifa en el sentido de que ahora se grava de mayor manera las ganancias ocasionales derivadas del pago de indemnizaciones de seguros, especialmente los de vida.

Aunque esto está en la lógica de gravar un poco más a las personas naturales, también cabe el debate teórico sobre si la indemnización proveniente de un seguro de vida es ganancia ocasional.

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