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Reforma tributaria: eliminación CREE, tarifa renta personas jurídicas y nueva autorretención de renta


Reforma tributaria: eliminación CREE, tarifa renta personas jurídicas y nueva autorretención de renta
Actualizado: 10 enero, 2017 (hace 7 años)

A partir del año gravable 2017, la reforma tributaria derogó el CREE. De igual forma, elevó la tarifa con que la mayoría de personas jurídicas del régimen ordinario calcularán su impuesto de renta a partir del año gravable 2017. Además, con el Decreto 2201 de 2016 se creó la autorretención de renta.

El Decreto 2201 de diciembre 30 de 2016 reglamentó varios de los cambios introducidos con la Ley 1819 de diciembre 29 de 2016. Según el decreto, desde enero 1 de 2017 todas las sociedades nacionales y extranjeras que sean contribuyentes declarantes del impuesto de renta deberán responder por la nueva “autorretención especial a título del impuesto de renta y complementario”, la cual reemplaza a la “autorretención a título del CREE”.

Cambios de la Ley 1819 de 2016

El artículo 376 de la Ley 1819 de 2016 derogó el CREE a partir del año gravable 2017. Por lo tanto, también quedan derogadas las respectivas autorretenciones del CREE establecidas con el Decreto 1828 de agosto de 2013.

De igual manera, el artículo 65 de la Ley 1819 de 2016 agregó al ET el artículo 114-1, el cual establece que las sociedades y personas jurídicas y asimiladas contribuyentes del impuesto de renta gozarán de la exoneración de aportes al SENA, ICBF y EPS sobre los salarios de aquellos trabajadores que devenguen menos de 10 salarios mínimos mensuales.

Así mismo, los artículos 100 y 101 de la Ley 1819 de 2016, al modificar los artículos 240 y 240-1 del ET, elevaron la tarifa con que la gran mayoría de personas jurídicas del régimen ordinario calcularán su impuesto de renta a partir del año gravable 2017. De esta forma, la mayoría sufrió un aumento del 25% al 33% o del 15% al 20%, mientras que a otras se les redujo del 25% al 9%.

Por lo tanto, ya que la tarifa del impuesto de renta de las personas jurídicas se elevará a partir del año gravable 2017 en la mayoría de los casos, el artículo 125 de la Ley 1819 de 2016 modificó el artículo 365 del ET, estableciendo en el parágrafo 2 de la nueva versión que: “El gobierno nacional establecerá un sistema de autorretención en la fuente a título del impuesto sobre la renta y complementarios, el cual no excluye la posibilidad de que los autorretenedores sean sujetos de retención en la fuente.”

En consecuencia, a través de esta “autorretención especial a título del impuesto de renta y complementario” las personas jurídicas podrían sufrir una mayor retención a lo largo del año fiscal, pues deberán liquidar un mayor impuesto de renta al final del mismo.

“los contribuyentes sujetos a la nueva “autorretención especial a título del impuesto sobre la renta y complementario” seguirían, al tiempo, siendo objeto de retenciones”

Además, según el anterior parágrafo, los contribuyentes sujetos a la nueva “autorretención especial a título del impuesto sobre la renta y complementario” seguirían, al tiempo, siendo objeto de retenciones llevadas a cabo por los demás contribuyentes agentes de retención que les efectúen pagos o abonos en cuenta.

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Lo anterior quiere decir que dicha autorretención especial es un nuevo sistema que coexistiría al tiempo con las retenciones tradicionales de renta. Así mismo, también con las autorretenciones normales a título de renta que algunos contribuyentes ya están autorizados a practicar.

Si quiere profundizar en este tema, lea nuestro análisis Autorretención especial a título de renta reemplaza Autorretención CREE a partir de enero 1 de 2017.

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