Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Reforma tributaria entregará beneficios para el sector turismo


Actualizado: 8 septiembre, 2021 (hace 3 años)

Habrá prórroga de los beneficios que tiene la Ley de Turismo y se deja en firme la exención del IVA a los servicios turísticos inscritos en el Registro Nacional de Turismo.

La aprobación del proyecto de ley de reforma tributaria trae buenas noticias para el sector turismo, como es la prórroga de la vigencia de dos beneficios incluidos en la Ley de Turismo, hasta el 31 de diciembre de 2022.

El primer beneficio al sector que seguirá vigente es la exención del pago a la sobretasa a la energía para los subsectores de alojamiento, eventos y parques. El segundo, la exención del IVA para la prestación de servicios turísticos.

Al respecto, la ministra de Comercio, Industria y Turismo, María Ximena Lombana Villalba, indicó que “la exención de la sobretasa de la energía para los establecimientos de alojamiento turístico, operadores profesionales de congresos, ferias y convenciones, y parques temáticos, se verá reflejada en beneficios directos para estas empresas”.

Estudios de operación hotelera realizados por Cotelco, muestran que los pagos por consumo del servicio de energía eléctrica representan cerca del 12 % de los gastos operacionales de los hoteles, debido al uso permanente del servicio a lo largo del año.

La segunda noticia deja en firme la exención del pago del IVA a los servicios turísticos con inscripción activa en el Registro Nacional de Turismo. Se trata de una oportunidad para que las empresas incentiven la demanda y generen más ingresos.

Su puesta en vigencia permitirá que los precios relativos de estos servicios se reduzcan, permitiendo que el consumidor pueda obtener menores precios.

De acuerdo con un estudio realizado por el Viceministerio de Turismo, un contexto de exención puede incrementar las ganancias en 2.941 millones de dólares, (Análisis económico – OEE-MinCIT, mayo de 2020).

Fuente: Ministerio de Comercio, Industria y Turismo.

Descubre más recursos registrándote o logueándote. Iniciar sesión Registro gratuito
, ,