Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Reforma tributaria estableció limitante al beneficio de renta exenta por pago de cesantías


Actualizado: 3 octubre, 2017 (hace 7 años)

Por medio del Concepto 1144 del 28 de julio de 2017, la Dian ha establecido una nueva limitante para el beneficio de renta exenta por pago de cesantías.

La Ley 1819 del 2016 limitó el beneficio de renta exenta por pago de cesantías y creó un impuesto a la renta para los dividendos de las personas naturales residentes a partir del año gravable 2017.

La Dian indicó que, según el artículo 206 del Estatuto Tributario, no se cambió la naturaleza de renta exenta del auxilio de cesantías y los intereses sobre cesantías, ni sus limitaciones respecto al ingreso laboral promedio, sino que se estableció una nueva limitante independiente que correlaciona a su vez las rentas exentas y las deducciones para asalariados a partir del año 2017.

Por otra parte, la entidad señala que los dividendos y participaciones pagados o abonados en cuenta a personas naturales residentes y sucesiones ilíquidas provenientes de distribución de utilidades que hubieren sido consideradas como ingreso no constitutivo de renta ni ganancia ocasional se gravarán a partir del año 2017.

Fuente: Dian.

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