Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Reforma Tributaria Estructural integra Estándares Internacionales con base fiscal – Gabriel Vásquez Tristancho


“Así, el proyecto propone eliminar la norma vigente que ampliaba el plazo de cuatro años (artículo 165 de la ley 1607 de 2012), y anticipa la aplicación del modelo integrado de Estándares Internacionales con la base fiscal”

De una manera detallada, el proyecto de reforma tributaria estructural logra emplear el lenguaje de los Estándares Internacionales para desarrollar un modelo integrado con ajustes que eliminen las distorsiones que puedan ocasionar en la base fiscal las mediciones y reconocimientos bajo los nuevos marcos normativos, los cuales tendrán aplicación a partir de 2017, cuando la ley tributaria remita de manera expresa a ellos y en los casos que esta no regule.

Así, el proyecto propone eliminar la norma vigente que ampliaba el plazo de cuatro años (artículo 165 de la ley 1607 de 2012), y anticipa la aplicación del modelo integrado de Estándares Internacionales con la base fiscal, a la vez que desaparece de la normativa colombiana el Decreto 2649 de 1993 y sus normas complementarias.

Este paso, en opinión de varios expertos y la propia, era considerada muy audaz y, por tanto, habíamos sugerido dar el plazo estipulado inicialmente hasta 2018 para desarrollar los estudios correspondientes y así realizar una propuesta sistémica de regulación normativa contable en materia fiscal integrada con los Estándares Internacionales.

Este trabajo tiene una gran complejidad y su dinámica implicará un gran número de interpretaciones y situaciones a mejorar en el futuro, sin embargo, lo contemplado en la reforma está bien diseñado porque integra los conceptos de valor razonable, costo amortizado, mediciones iniciales, operaciones en moneda extranjera, entre otros ambientes de medición que presentan diferencias con las bases fiscales en los activos, pasivos, ingresos, costos y deducciones tributarias.

Surgirán entonces diferencias temporarias ya no desde los modelos contables que en la actualidad se utilizan de forma impropia sino desde los Estándares Internacionales, lo que facilita de manera considerable el seguimiento y origen de cada uno de los posibles efectos futuros en impuestos a las ganancias según las políticas contables implementadas por los contribuyentes obligados a hacerlo en los cuatro grupos vigentes: Plenas, Pymes, Micro y Gubernamental.

Las situaciones contables que tuvieron efectos fiscales y no fueron contempladas en la propuesta de integración serán incluidas para determinar el patrimonio fiscal y, en todo caso, su amortización queda limitada a cinco años.

La DIAN tendrá facultades de fiscalización sobre los Estándares Internacionales para verificar la documentación y debida implementación de las políticas contables y, por tanto, se realizarán seguimientos fiscales desde la contabilidad para establecer la adecuada documentación del sistema de control de las conciliaciones de las diferencias que surjan por la aplicación de los nuevos marcos normativos.

Por último, vale sugerir que tanto la doctrina como la regulación contable en esta materia deben tener un cuerpo sistémico independiente, para así construirse como una estructura coherente y dinámica. Esta recomendación ha dado muy buenos resultados en otros países.

Por último, quien no haya estudiado Estándares Internacionales ahora quedará por fuera del ejercicio profesional en la parte tributaria.

Gabriel Vásquez Tristancho
Columnista Vanguardia Liberal. Socio impuestos Baker Tilly Colombia. Contador Público de la UNAB de Bogotá. Magister en Economía de la Pontificia Universidad Javeriana de Bogotá. Cursos en Habilidades Gerenciales en ITEMS de México. Gestión Tecnológica de la Universidad de Sao Pablo de Brasil convenio UIS. Revisoría Fiscal y Auditorí­a Externa de la UNAB en Bogotá. Investigación en las Ciencias Sociales en la UIS. Negocios Electrónicos en ITEMS de México. Decano de la Facultad de Contaduría de la UNAB. Profesor investigador. Ex-miembro del Consejo Técnico de la Contaduría. Profesor de la Maestría en Administración de ITEMS de México. Profesor investigador en pregrado y posgrados de la Universidad Congreso en Mendoza - Argentina.
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