Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Reforma tributaria: tratar el ingreso de todas las personas naturales en igualdad de condiciones


Reforma tributaria: tratar el ingreso de todas las personas naturales en igualdad de condiciones
Actualizado: 1 junio, 2021 (hace 3 años)

La Red de Trabajo Fiscal propone que estén por fuera del impuesto de renta únicamente 6,5 millones de pesos al mes o 2.150 UVT al año.

El recaudo que se obtendría por las modificaciones al impuesto de renta de personas naturales provendría de las personas de más altos ingresos del país.

La Red de Trabajo Fiscal (Universidad Javeriana, Universidad Externado de Colombia, Universidad del Rosario, Universidad de los Andes y la Friedrich Ebert Stiftung en Colombia –Fescol–) indicó que hoy por hoy hay reglas tributarias distintas para distintos tipos de ingresos, como son las llamadas rentas laborales, rentas de pensiones, rentas de capital, rentas no laborales, rentas por dividendos y participaciones, y las ganancias ocasionales, que reciben, cada una, un tratamiento diferente:

Algunos tipos de ingresos tributan a tarifas más altas que otros; para algunos se permite deducir de la base gravable los costos y gastos en los que se incurre para obtener la renta en cuestión; y todos permiten la deducción de las llamadas rentas exentas e ingresos no constitutivos de renta, con la consiguiente reducción proporcional del impuesto a cargo.

La Red en su propuesta de reforma tributaria busca tratar el ingreso de todas las personas naturales en igualdad de condiciones sin importar su fuente:

Proponemos que estén por fuera del impuesto de renta únicamente 6,5 millones de pesos al mes o 2.150 UVT al año. Solo se podrían deducir los costos y gastos asociados a la generación del ingreso, en tanto cumplan con los requisitos de necesidad, proporcionalidad y relación de causalidad.

Por lo demás, se aplicarían las siguientes tarifas para todos los ingresos independientemente de su fuente:

Por lo anterior, si los ingresos de un contribuyente vienen de su trabajo, las tarifas anteriores se aplicarían sobre la totalidad de sus ingresos brutos.

Lo mismo ocurre en el caso de las pensiones. Si los ingresos provienen de, por ejemplo, el arriendo de varios inmuebles, se les restarían a los arriendos los costos y gastos del mantenimiento de los inmuebles, y a esa diferencia se le aplicarían las tarifas mencionadas.

Si provienen de un negocio que se lleva a cabo como persona natural, se restan a los ingresos del negocio los costos y gastos pertinentes (salarios, arriendos, etc.) y se aplican las tarifas sobre esa diferencia.

Si los ingresos provienen de dividendos, se aplicarían estas tarifas sobre los dividendos-ingresos que actualmente se gravan a una tarifa menor que la de las rentas ya enumeradas.

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Finalmente, si los ingresos provienen de ganancias ocasionales –como en el caso en el cual el contribuyente es accionista de una empresa y esta le compra algunas de sus acciones a un precio superior al que pagó inicialmente–, las tarifas de la tabla se le aplicarían a la valorización de las acciones.

“el porcentaje de los ingresos libres de costos y gastos que debe pagar el contribuyente como impuesto de renta se mantiene igual si sus ingresos laborales o pensionales son de 6 millones de pesos al mes o menos”

Con las anteriores medidas, el porcentaje de los ingresos libres de costos y gastos que debe pagar el contribuyente como impuesto de renta se mantiene igual si sus ingresos laborales o pensionales son de 6 millones de pesos al mes o menos, incluso si tiene personas a cargo y gozaba de una deducción especial por ello.

Sin embargo, no gozaría de deducciones ni rentas exentas por ningún otro concepto, como, por ejemplo, la que hoy en día existe por aportes voluntarios a fondos de pensiones:

Con nuestra propuesta un trabajador con dependientes que gane 6 millones de pesos o menos no pagaría más en impuestos. Además, si los ingresos del trabajador ascendieran a 8,5 millones al mes, con nuestra propuesta no pagaría más que en la propuesta retirada por el Gobierno nacional.

Recaudo por renta de personas naturales

El recaudo que se obtiene por las modificaciones al impuesto de renta de personas naturales provendría de las personas de más altos ingresos del país.

Mientras en la propuesta del Gobierno nacional una persona con ingresos laborales de 500 millones de pesos mensuales tributaría a una tasa efectiva del 35,9 %, en la propuesta planteada por la Red lo haría a una tasa efectiva del 40,4 %:

La diferencia de nuestra propuesta es que no solo grava a esas tasas los ingresos laborales, sino que también las aplica a los dividendos y ganancias ocasionales, que son fuentes de ingresos pequeñas o no existentes para los asalariados, pero muy importantes para los más ricos del país.

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