Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Régimen de transición estará vigente hasta el 31 de diciembre de 2014


Régimen de transición estará vigente hasta el 31 de diciembre de 2014
Actualizado: 16 diciembre, 2014 (hace 9 años)

Para las personas que están cobijadas por la transición no cuenta el incremento en edad de jubilación que se aplicó este año. Es importante la exigencia de las 750 semanas cotizadas a julio 25 de 2005.

La Ley 100 de 1993 modifica las condiciones para poderse pensionar por vejez para las personas que se encuentran en régimen de prima media por prestación definida, que administró antes el ISS y ahora es Colpensiones.

La Ley 100 aumenta las condiciones para podernos pensionar en edad y semanas, pero como toda norma que nos afecta posibles derechos próximos a adquirir, esta ley trajo un régimen de transición que es respetar por un tiempo las condiciones favorables de pensión a aquellos que ya habían cumplido una gran parte, que ya estaban cerca.

Los hombres que para el 1° de abril de 1994 tuviesen 40 años de edad o más, o siendo menores tuviesen 15 años cotizados quedan dentro de la transición.

Las mujeres que para esta misma fecha tuviesen 35 años de edad o más, o siendo menores a esta edad tuviesen 15 años cotizados también quedan dentro de la transición. Se pensionan conforme a las normas anteriores.

Muchas personas quedaron en esta transición, pero en el año 2005 se observaba que no se estaban pensionando. Entonces el Acto Legislativo 01 del 2005 acaba con la transición de la Ley 100, artículo 36, pero vuelve por segunda vez y establece una transición que ya venía en la transición de la Ley 100, previamente explicada.

La segunda transición…

«Parágrafo transitorio 4o. El régimen de transición establecido en la Ley 100 de 1993 y demás normas que desarrollen dicho régimen, no podrá extenderse más allá del 31 de julio de 2010; excepto para los trabajadores que estando en dicho régimen, además, tengan cotizadas al menos 750 semanas o su equivalente en tiempo de servicios a la entrada en vigencia del presente Acto Legislativo, a los cuales se les mantendrá dicho régimen hasta el año 2014».

Tengamos esto claro

La Ley 100 establece unas condiciones de transición, el acto legislativo dice que las va a acabar a julio de 2010, pero se les sigue respetando por 4 años más (31 de diciembre de 2014) a los que ya venían en transición desde el 1 de abril de 1994, siempre y cuando para el mes de julio de 2005 tengan más de 750 semanas.

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La norma entonces dice: por segunda vez les respetamos las condiciones pero completen las semanas y la edad, a más tardar el 31 de diciembre de 2014.

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