Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Régimen simple de tributación: parece que la legislación está llena de cascaritas


Hemos oído varias interpretaciones del régimen simple bastante preocupantes. Parece que la legislación está llena de cascaritas. Siempre se busca que el impuesto suba, cuando debería mantenerse o reducirse. Como saben, nosotros no aceptamos como democrático ni como jurídico, solamente como legal, que se cobren impuestos innecesarios, pues si la corrupción y la incompetencia se controlaran otro sería el panorama. Esta práctica de aumentar los impuestos para obviar la incompetencia de los gobernantes y de los políticos les permite a estos seguir disfrutando de situaciones privilegiadas; mientras muchas personas no tienen con qué comer, otras no tienen cobertura en salud y otras trabajan en dos o tres sitios.

El artículo de Jesús Orlando Corredor Alejo titulado Régimen simple no tan simple nos presenta una serie de reflexiones razonables que deben tener en cuenta los contribuyentes y sus asesores tributarios, generalmente contadores.

Empecemos por decir que el cobro de impuestos sobre ingresos brutos o netos nos parece inadmisible. Se nos ha contestado que se trata de tarifas muy bajas, como las del impuesto de industria y comercio que se expresan en miles. En todo caso, este cobro no tiene en cuenta la capacidad adquisitiva de las personas y es la causa de que muchos permanezcan en la informalidad. Pretender que las personas aumenten sus costos sin que se avizore un aumento de las entradas es simplemente desear que la situación social y económica del pueblo se deteriore.

Hay que construir algoritmos, polinomios, que permitan computar los ingresos con la utilidad, con la liquidez, para que nos acerquemos a determinaciones correctas.

Varias veces hemos planteado que, a las microempresas, sean de personas naturales o jurídicas, hay que admitirles una contabilidad muy elemental, así sea de efectivo. No deben estar sometidas a pagos que no estén en capacidad de hacer, como los llamados parafiscales. Por lo tanto, el derecho laboral, el derecho de la salud y su derivado y el derecho de la seguridad social deben repensar sus tratamientos.

Un gran problema de crear escalas es saber cuándo una entidad debe pasar de un estado a otro. Para esto necesitamos de la contabilidad y de los contadores. Sabido es que las empresas tienden a dividirse para no pasar a sistemas más complejos. Los escalones deben ser pequeños para que los cambios no sean tan fuertes.

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Hay que pensar que las facturas no siempre corresponden a ingresos devengados. Así como un comprador tienen plazo para el pago, también el vendedor puede tenerlo para el cumplimiento de sus obligaciones. Como se sabe, el ingreso se gana cuando se cumplen todas las obligaciones relacionadas. ¿Se “facturan” los anticipos?, ¿volverán a verse las cuentas de cobro?, ¿estas, equivalen o no a facturas?

El tratamiento de las tiendas al detal es absurdo. Debería seguir bastando la tira de las registradoras POS.

Hernando Bermúdez Gómez
Editor Contrapartida, Novitas, Registro Contable, Vademécum
Tomado de Contrapartida – De Computationis Jure Opiniones
Número 4931, marzo 16 de 2020

Hernando Bermúdez Gómez
Las publicaciones “Contrapartida” son escritas por miembros de la comunidad académica del Departamento de Ciencias Contables de la Facultad de Ciencias Económicas y Administrativas de la Pontificia Universidad Javeriana.
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