Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Régimen simple de tributación: retenciones y autorretenciones


Régimen simple de tributación: retenciones y autorretenciones
Actualizado: 15 abril, 2020 (hace 4 años)

El régimen simple de tributación fue creado mediante la Ley 1943 de 2018, y ratificado por la Ley 2010 de 2019.

Este régimen permite que tanto personas naturales como jurídicas puedan unificar el pago de algunos de sus impuestos en las condiciones señaladas por la norma.

Quienes cumplan los requisitos para optar por el régimen simple de tributación, definidos en el artículo 905 del Estatuto Tributario, deberán tener en cuenta que no estarán sujetos a retención en la fuente y tampoco estarán obligados a practicar retenciones y autorretenciones en la fuente, con excepción de las correspondientes a los pagos laborales.

En este sentido, cuando los contribuyentes inscritos en dicho régimen realicen pagos por compras de bienes o servicios, los beneficiarios del pago, contribuyentes del régimen ordinario con calidad de agentes retenedores del impuesto de renta, deberán actuar como autorretenedores del impuesto. Por su parte, si la transacción se realiza entre contribuyentes del régimen simple, entonces no hay lugar a retenciones.

Teniendo en cuenta lo anterior, resulta relevante ahondar de manera práctica en las obligaciones y beneficios a los cuales estarán sujetos este tipo de contribuyentes, pues su pertinencia puede variar dependiendo de cada situación en particular. Por esta razón, te invitamos a adquirir nuestro seminario en línea Principales novedades de la Ley de crecimiento económico 2010 de 2019, en el que conocerás en detalle los elementos que debes evaluar para tomar la decisión de optar por este régimen.

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Y recuerda que, por el año 2020, quienes decidan acogerse a este régimen tendrán hasta el 31 de julio para hacerlo.

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