Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Régimen simple: tratamiento tributario de saldo a favor obtenido en el régimen ordinario


Actualizado: 20 abril, 2021 (hace 3 años)

Responde conferencista: Diego Guevara

¿Cuáles son las opciones con las que cuentan los contribuyentes que optaron por el régimen simple para el año gravable 2021 cuando en su declaración de renta en el régimen ordinario del año gravable 2020 liquidaron un saldo a favor?

Pregunta resuelta 8 de abril de 2021

El régimen simple de tributación es un sistema que unifica el pago de varios impuestos a fin de simplificar el cumplimiento de las obligaciones tributarias del contribuyente. Se debe declarar anualmente, pero cada bimestre se debe pagar un anticipo, de acuerdo con lo mencionado en el artículo 903 del Estatuto Tributario –ET–.

En esta publicación el Dr. Diego Guevara, líder de investigación tributaria de Actualícese, explica cuál es el tratamiento que los contribuyentes del régimen simple de tributación les deben dar a los saldos a favor presentados en otro régimen diferente al SIMPLE, de acuerdo con el artículo 1.5.8.3.7 y 1.5.8.3.11 del DUT 1625 de 2016.

Descubre más recursos registrándote o logueándote. Iniciar sesión Registro gratuito
,