Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Régimen simplificado del INC en el 2015, ¿cuáles son sus características?


Régimen simplificado del INC en el 2015, ¿cuáles son sus características?
Actualizado: 21 agosto, 2015 (hace 9 años)

Aquí hablaremos sobre...

  • Deben cumplir con los siguientes tres requisitos:
  • Quienes no puedan pertenecer al régimen simplificado del INC…
  • Si una persona natural pertenece a lo largo del 2015 al régimen simplificado del INC…
  • ¿Y qué ocurre con quienes sí deben cobrar el INC?
  • Responsable del INC podría ser al mismo tiempo del IVA

Las personas naturales dedicadas a actividades de restaurantes y bares son las que figuran inscritas en el régimen simplificado del impuesto nacional al consumo –INC. De igual manera, un responsable de este impuesto también podría ser responsable del IVA.

La norma del artículo 512-13 del ET, luego de ser modificada con el artículo 51 de la Ley 1739 de diciembre 23 del 2014, indica que durante este año los únicos que pueden figurar inscritos en el régimen simplificado del INC son las personas naturales dedicadas a actividades de restaurantes y bares.

Deben cumplir con los siguientes tres requisitos:

  1. Que no lleven a cabo actividades bajo franquicias o explotación de intangibles. En el caso en que las realicen, no serían responsables del INC y sí del IVA, siempre en el régimen común.
  2. Que no presten servicios de catering empresarial. En caso en que lo hagan, no serían responsables del INC, pero sí del IVA, ya sea en el régimen simplificado o en el común de dicho impuesto.
  3. Sus ingresos brutos provenientes solamente de actividades de bares y restaurantes durante el año anterior, no superaron los 4.000 UVT.

Quienes no puedan pertenecer al régimen simplificado del INC…

Deberían hacer figurar en el RUT la responsabilidad No. 33 y empezar a cobrarlo aplicando en todos los casos la tarifa única del 8%, sobre las bases gravables especiales. El valor cobrado por el INC no se puede afectar con ningún tipo de impuesto descontable y se debe declarar de forma bimestral en el 2015, utilizando el formulario 310 de la DIAN, teniendo en cuenta los plazos establecidos en el artículo 29 del Decreto 2623 de diciembre 17 del 2014.

La declaración bimestral del INC, la cual se debe presentar todos los bimestres así sea en ceros, se puede presentar sin pago y sin generar la responsabilidad penal del artículo 402 del Código Penal, la cual solo aplica a las declaraciones de retención en la fuente y de IVA que se presenten sin pago.

Si una persona natural pertenece a lo largo del 2015 al régimen simplificado del INC…

No importa que a lo largo del mismo año 2015, las ventas por actividades de restaurantes y bares lleguen a superar los 4.000 UVT, ya que cuando esto suceda, la obligación de pasarse al régimen común del INC solo empezaría en enero 1 del 2016.

¿Y qué ocurre con quienes sí deben cobrar el INC?

No pueden pertenecer al régimen simplificado de dicho impuesto. Deben tener cuidado al momento de recibir pagos con tarjetas en los datafonos; dicho INC no lo reporten como IVA, error que ocurrió entre enero y septiembre del 2013, pues los operadores de REDEBAN no ajustaron los datafonos, y los establecimientos no tuvieron en cuenta las instrucciones dadas por la DIAN.

Responsable del INC podría ser al mismo tiempo del IVA

Veamos este punto con un ejemplo. Si una persona es dueña de un hotel y allí ofrece servicio de restaurante, por el hospedaje y hasta por los snacks en las habitaciones, sería responsable del IVA, ya sea en el régimen simplificado o en el régimen común.

Sin embargo, en cuanto a los platos que se sirvan en el restaurante la persona sería responsable del INC, ya sea en el régimen simplificado o el común de dicho impuesto.

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