Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Régimen tributario en renta para mega inversiones: esto dice la Ley de financiamiento


Régimen tributario en renta para mega inversiones: esto dice la Ley de financiamiento
Actualizado: 5 marzo, 2019 (hace 5 años)

Aquí hablaremos sobre...

  • Condiciones para acceder al régimen propuesto
  • Beneficios propuestos para el régimen de mega inversiones
  • Mega inversiones no son vistas con buenos ojos
  • Se espera su pronta reglamentación

Variadas críticas ha recibido la Ley de financiamiento en sus artículos correspondientes al régimen tributario en renta para las mega inversiones. A continuación, explicamos en qué consiste el manejo tributario de este tema y los diversos puntos de vista que se han manifestado al respecto.

Los artículos 67 y 68 de la Ley 1943 de 2018, Ley de financiamiento, tratan el tema del régimen tributario en renta para las llamadas mega inversiones. Deloitte, en su resumen ejecutivo de la norma, explica las características de esta novedad:

  • Régimen tributario especial por 20 años contados a partir del período gravable en el cual el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo notifique el acto administrativo, reconociendo dichas mega inversiones.
  • Aplica para inversiones realizadas antes del 1 de enero de 2024 en cualquier actividad industrial, comercial y/o de servicios.

Condiciones para acceder al régimen propuesto

  • Generación de al menos 250 nuevos empleos directos.
  • Realización de nuevas inversiones dentro del territorio nacional, con valor igual o superior a 30.000.000 de UVT ($1.028.100.000.000 para 2019).
  • Las inversiones deben realizarse en un período máximo de 5 años en propiedad, planta y equipo, que sean productivos o tengan la potencialidad para serlo.

Beneficios propuestos para el régimen de mega inversiones

  • Tarifa de renta del 27 % (las rentas provenientes de servicios hoteleros seguirán con una tarifa del 9 %).
  • Exclusión de renta presuntiva.
  • Tarifa del 27 % solo sobre los dividendos que de haberse distribuido hubieran sido gravados.
  • Depreciación en un período mínimo de dos (2) años.
  • Exclusión del impuesto al patrimonio.

Mega inversiones no son vistas con buenos ojos

Desde el punto de vista de Fedesarrollo, dentro de los puntos negativos de la Ley de financiamiento está el que se hayan mantenido y aumentado las exenciones y privilegios tributarios para el régimen de mega inversiones, sector agropecuario y economía naranja.

Por su parte, Guillermo Perry, exministro de hacienda opina que la ley fue positiva para las empresas, debido al descuento de IVA en bienes de capital, la disminución en la tarifa general del 33 % a 30 % y el régimen simple, pero es negativa respecto a los términos que se mantuvieron, aumentando así las exenciones y los privilegios tributarios en sectores como el agropecuario o la economía naranja, al igual que en el tema de las mega inversiones.

TAMBIÉN LEE:   Impuesto de renta de personas naturales: reglamentación parcial de los cambios de la Ley 2277 de 2022

Anif deja una incógnita abierta respecto a varios temas planteados por la Ley 1943 de 2018: «queda todavía por cuantificar la perforación tributaria generada a través de las “mega-inversiones”, la reducción del 14 % al 5 % de la retención en la fuente al capital offshore, y las múltiples exenciones otorgadas a la economía naranja».

Se espera su pronta reglamentación

A mediados de enero de este año, el ministro de comercio, José Manuel Restrepo, manifestó que el régimen de mega inversiones pronto será reglamentado, debido al interés que ha generado en varios empresarios extranjeros. A su vez, el jefe de la cartera destacó los beneficios de la figura tributaria, con la que se reduce la tarifa a un 27 %.

Material relacionado

Descubre más recursos registrándote o logueándote. Iniciar sesión Registro gratuito
,