Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Registro de ingresos recibidos por matrículas de educación


Actualizado: 23 enero, 2018 (hace 6 años)

Respuesta de Diego Guevara M. a la pregunta 

 ¿Los ingresos recibidos por matrículas de educación pueden ser llevados a un NIT genérico?, ¿pueden ser llevados por terceros así los estudiantes no tengan RUT?, ¿pueden ser llevados a cuantías menores? 

Resueltas 18 de enero de 2018

Diego Guevara, experto en temas contables y tributarios, señala que cuando se trata de los cobros de matrículas de colegios, aunque son los estudiantes los beneficiados de la prestación del servicio de educación, las facturas o cobros deben realizarse a nombre de los padres porque estos son, en realidad, los verdaderos clientes y quienes responden por tal obligación. No obstante, si los padres no tienen RUT en la información exógena se debe reportar al tercero con tipo de documento 13, es decir cédula.

 

 

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