Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Reglamentado servicio de taxis de lujo


Actualizado: 24 noviembre, 2015 (hace 8 años)

El Gobierno Nacional anunció, luego del Consejo de Ministros, la expedición del decreto por la cual se reglamentará el servicio de lujo en la modalidad de transporte individual de pasajeros.

La Ministra de Transporte, Natalia Abello Vives, dio a conocer que las empresas interesadas en prestar el servicio de lujo deberán obtener habilitación -para empresas nuevas-, o modificar su habilitación -empresas en servicio. Informó que dentro de los requisitos que deberán cumplir estas empresas se encuentran:

  1. Demostrar capital pagado o patrimonio líquido en un porcentaje adicional del treinta por ciento (30%) sobre los montos establecidos.
  2. Acreditar que cuentan con plataformas tecnológicas o a través de contratos con terceros.
  3. Los conductores deberán estar certificados en competencias laborales y con capacitación en atención al usuario en un mínimo de 50 horas.
  4. Cumplir los indicadores de servicio que reglamentará el Ministerio de Transporte.
  5. Establecer una base de datos de los usuarios que utilicen el nivel de servicio de lujo.
  6. Los vehículos deberán ser de alta gama, es decir, camioneta cerrada, campero de cuatro puertas o automóvil tipo sedán.
  7. Los vehículos deben tener un motor con cilindraje igual o superior a los 1.600 centímetros cúbicos y contar con mayor espacio entre sillas y mayor capacidad de baúl.
  8. La cabina de pasajeros será mínimo para cinco personas.
  9. Los vehículos deberán tener frenos ABS, contar con air bags frontales y apoyacabezas. También contarán con Sistema de Posicionamiento Global (GPS).
  10. Los vehículos de este servicio se podrán identificar por su color negro y una franja lateral cuyas características serán definidas por el Ministerio de Transporte.
  11. El usuario que desee acceder a los servicios que ofrezcan las empresas debidamente habilitadas, solo podrá hacerlo a través de medios electrónicos como plataformas tecnológicas, para la oportuna y eficiente atención a los usuarios. Lo mismo sucederá con el pago por el servicio.

Fuente: Ministerio del Transporte.

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