Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Regulación contra lavado de activos y financiación del terrorismo en empresas fue actualizada


Regulación contra lavado de activos y financiación del terrorismo en empresas fue actualizada
Actualizado: 21 enero, 2021 (hace 3 años)

Aquí hablaremos sobre...

  • ¿Cuándo se debe implementar?
  • Elementos del SAGRILAFT
  • Empresas que deberán tener en cuenta requisitos especiales
  • ¿Quién se encargará de su implementación?
  • Personas expuestas políticamente como novedad
  • Actividad económica como variable de segmentación
  • Listas vinculantes

Con el SAGRILAFT, más empresas deberán contar con sistemas de prevención de lavado de activos y financiación del terrorismo.

Supersociedades ha indicado las sanciones para el oficial de cumplimiento, revisor fiscal y los administradores de las empresas obligadas a implementar el SAGRILAFT.

El 24 de diciembre de 2020, la Supersociedades expidió la Circular Externa 100-000016, a través de la cual modificó el capítulo X de la circular básica jurídica de la entidad.

Lo anterior indica un cambio al sistema de Autocontrol y Gestión del Riesgo del Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo y reporte de operaciones sospechosas a la UIAF –SAGRLAFT –, concepto que pasó a ser el sistema de autocontrol y gestión del Riesgo Integral de LA/FT/FPADM y reporte de operaciones sospechosas a la UIAF –SAGRILAFT.

¿Cuándo se debe implementar?

Las sociedades comerciales, empresas unipersonales o sucursales de sociedades extranjeras sujetas a la vigilancia o control de la Supersociedades, con ingresos totales o activos iguales o superiores a 40.000 salarios mínimos legales mensuales vigentes, con corte a 31 de diciembre del año inmediatamente anterior, deberán implementar el SAGRILAFT máximo el 31 de mayo del año siguiente.

Elementos del SAGRILAFT

  1. Diseño y aprobación.
  2. Supervisión y cumplimiento.
  3. Divulgación y capacitación.
  4. Asignación de funciones.

Dichos elementos se diferencian de los definidos en el Sistema de Administración del Riesgo de Lavado de Activos y de la Financiación del Terrorismo –SARLAFT–, los cuales son:

  • Políticas.
  • Procedimientos.
  • Documentación.
  • Estructura organizacional.
  • Órganos de control.
  • Infraestructura tecnológica.
  • Divulgación de información.
  • Capacitación.

Empresas que deberán tener en cuenta requisitos especiales

Las siguientes empresas deben tener en cuenta requisitos especiales para saber si deben o no implementar el SAGRILAFT:

  • Agentes inmobiliarios.
  • Comercialización de materiales y piedras preciosas.
  • Servicios jurídicos.
  • Servicios contables.
  • Construcción de edificios y obras de ingeniería civil.
  • Servicios de activos virtuales.

¿Quién se encargará de su implementación?

La circular indica que el rol del oficial de cumplimiento –OC– podrá ser a través de un tercero, contratando a personas naturales o jurídicas que presten dicho servicio.

“La circular también extiende el régimen de sanciones al OC, al revisor fiscal y a los administradores de las empresas obligadas, lo que se deberá tener en cuenta al aceptar los roles, bien sea como contratista o empleado”

La Supersociedades terminó con la discusión sobre si el representante legal o el revisor fiscal pueden desempeñarse como OC, negando esta posibilidad.

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La circular también extiende el régimen de sanciones al OC, al revisor fiscal y a los administradores de las empresas obligadas, lo que se deberá tener en cuenta al aceptar los roles, bien sea como contratista o empleado, ya que estas responsabilidades no solo son civiles, sino que se pueden extender al campo penal.

Personas expuestas políticamente como novedad

El SAGRILAFT crea una nueva definición para las personas expuestas políticamente –PEP–, quienes son «los servidores públicos de cualquier sistema de nomenclatura y clasificación de empleos de la administración pública nacional y territorial».

La Supersociedades precisa que solo serán PEP los funcionarios que ocupen, por responsabilidad directa o delegación, las siguientes funciones en instituciones estatales:

  • Dirección general.
  • Formulación de políticas institucionales y de adopción de planes, programas y proyectos.
  • Manejo directo de bienes, dineros o valores del Estado.

Los oficiales de cumplimiento, dentro de sus SAGRILAFT, también deberán considerar a las PEP extranjeras y PEP de organizaciones internacionales.

Actividad económica como variable de segmentación

El SAGRILAFT también impone la actividad económica de la empresa obligada como una variable obligatoria dentro de los factores de riesgo, que para identificar el riesgo de lavado de activos y financiación del terrorismo –LA/FT– se debe, como mínimo, clasificar los factores de riesgo LA/FT/FPADM, de conformidad con la actividad económica de la empresa obligada y su materialidad.

Listas vinculantes

La Supersociedades mantendrá en su página web un listado de las listas vinculantes para Colombia como una guía, sin que estas sean taxativas. Así, todas las listas que se encuentran en dicho listado pasarían a ser vinculantes para el sector real.

En dicho enlace la Supersociedades incluye listas y bases de datos, como la lista OFAC, la base de datos de la Contraloría General e Interpol, entre otras.

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