Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Regulación de relación laboral entre plataformas digitales y empleados: se presentó proyecto de ley


Regulación de relación laboral entre plataformas digitales y empleados: se presentó proyecto de ley
Actualizado: 3 agosto, 2020 (hace 4 años)

Aquí hablaremos sobre...

  • Regulación de plataformas de transporte
  • Menores niveles de cotización a seguridad social
  • Condiciones laborales a través de plataformas digitales

Se busca definir vínculo jurídico entre las plataformas y sus empleados a través de contrato de naturaleza civil, en un documento físico o digital.

Base de cotización para los aportes al sistema de seguridad social integral será el 40 % del total de los ingresos pagados por la plataforma al empleado.

Los senadores Rodrigo Lara y Álvaro Uribe radicaron el 20 de julio de 2020, en el Senado de la República, un proyecto de ley por medio del cual se regula la contratación de personas y los aportes a la seguridad social en las plataformas digitales.

Como se publica en la página del Senado, la iniciativa contiene dos ejes:

  • Definir el vínculo jurídico entre las plataformas y sus colaboradores a través de un contrato de naturaleza civil, que además se formalizará con un documento físico o digital. El contrato debe contener, como mínimo, la forma de pago y la duración; derechos y obligaciones de las plataformas y de los contratistas; y las obligaciones y derechos de las dos partes.
  • Pago de prestaciones sociales como salud, pensión y riesgos laborales. La base de cotización para los aportes al sistema de seguridad social integral será el 40% del total de los ingresos pagados por la plataforma a su colaborador.

Para el pago, el proyecto contempla que la mitad del aporte a la salud y de las pensiones la pague la plataforma, para que así el trabajador contribuya al sistema de salud y de pensiones con la otra mitad.

Por su parte, los aportes al sistema de riesgos laborales serán asumidos en su totalidad por la plataforma.

Respecto a los empleados que tengan ingresos inferiores a un salario mínimo mensual vigente, estos podrán ser vinculados al sistema de seguridad social en pensiones a través de los beneficios económicos periódicos –BEPS–, caso en el que la empresa de intermediación digital quedará a cargo del aporte mínimo mensual, que será definido por la junta directiva de la administradora de BEPS para cada anualidad.

«Muchas de las personas que trabajan a través de las plataformas digitales, jóvenes en su mayoría, no tienen cobertura de seguridad social, salud y pensiones. Y cuando cuentan con ella, a ellos les toca sufragarla de su propio bolsillo», explica Lara.

“las plataformas digitales han ganado mucho dinero gracias al trabajo de estas personas; han operado como rentistas del trabajo de estos jóvenes”

Por otra parte, las plataformas digitales han ganado mucho dinero gracias al trabajo de estas personas; han operado como rentistas del trabajo de estos jóvenes.

El senador explica que la idea es que las plataformas cubran solidariamente la mitad de la salud y de las pensiones de quienes trabajan para ellas y, al mismo tiempo, se solidaricen con el régimen de seguridad social en Colombia.

TAMBIÉN LEE:   Conferencia: Tributación de las empresas tecnológicas en Colombia

Regulación de plataformas de transporte

Como publicó la revista Semana, la anterior iniciativa se une a otro proyecto de ley tramitado por congresistas del Polo Democrático, a través del cual se busca regular las plataformas digitales de taxis y de servicios de transporte, para así poder competir en igualdad de condiciones.

Para Jorge Robledo, uno de los autores, aplicaciones como Uber no cumplen con las normas y laboran en medio de un ambiente de competencia desleal. Para él, lo que hacen es violatorio de la Constitución y de las leyes colombianas.

Lo que se busca respecto a este último grupo de aplicaciones es regular sus plataformas como empresas de transporte para que tengan los mismos requisitos de las compañías de taxis.

Menores niveles de cotización a seguridad social

Frente al tema de las plataformas digitales como generadoras de empleo, Fedesarrollo, en su informe Las plataformas digitales, la productividad y el empleo en Colombia, indica que estas no son sinónimo de precarización laboral y generan beneficios diversos a diferentes tipos de colaboradores, como el de  completar sus ingresos laborales en circunstancias de necesidad.

Sin embargo, entre los colaboradores también se presentan menores niveles de cotización a seguridad social.

Esta situación se da, en parte, según Fedesarrollo, por la falta de esquemas viables de contribución para trabajadores independientes que ganan menos de un salario mínimo o para migrantes.

«Lo anterior llama a acciones conjuntas de las plataformas, los usuarios y las autoridades, como el del piso mínimo de protección social. Estas medidas podrían hacer que las plataformas pasen de ser un factor de aumento en la informalidad a un canal de formalización», advierte la entidad.

Condiciones laborales a través de plataformas digitales

A pesar de que las condiciones laborales de las plataformas digitales son inferiores a las de los trabajadores asalariados en ingresos y afiliación a seguridad social, son ligeramente superiores a las de los trabajadores por cuenta propia.

Uno de los resultados que presenta el informe es que la afiliación de los prestadores de servicios a plataformas es incluso superior a la de los trabajadores independientes.

Lo anterior sugiere que el problema de la informalidad entre los prestadores de servicios de plataformas en realidad es un obstáculo para todos los trabajadores independientes; y en particular, pone presente las dificultades de formalización que existen en el país para aquellos trabajadores independientes que generan ingresos en tiempo parcial.

Material relacionado

Descubre más recursos registrándote o logueándote. Iniciar sesión Registro gratuito
,