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La administración implementó un mecanismo de reintegro electrónico del IVA e INC para los beneficiarios de carácter consultar y diplomático.
Con el fin de modernizar el procedimiento para la devolución del IVA y del INC a favor de diplomáticos y organismos internacionales, se expidió el Decreto 0246 de 2026, que sustituye la regulación anterior para agilizar el reconocimiento de estos privilegios tributarios.
La administración implementó un mecanismo de reintegro electrónico de impuestos para los beneficiarios de carácter consultar y diplomático. Este sistema, funcionará a través de entidades financieras vigiladas que estarán conectadas al sistema CENIT del Banco de la República; así pues, cuando los beneficiarios realicen compras mediante tarjetas debidamente marcadas, el abono de los impuestos pagados se realizará de forma directa en sus cuentas, previa validación mensual por parte de la Dian.
Bajo este entendido, las entidades bancarias tendrán la obligación de remitir la información de las transacciones, incluyendo detalles de facturación y la identificación de los intervinientes en la operación.
De esta manera, para garantizar un funcionamiento adecuado del nuevo sistema, se establecieron controles estrictos sobre las operaciones anuladas o rescindidas, por lo que se obligará a los comercios a informar tales novedades para evitar reintegros improcedentes que podrían derivar en sanciones legales.
Ahora bien, en el caso de que no se cumplan con las condiciones del reintegro financiero automático o se involucren otros medios de pago, se mantendrá la vigencia del esquema de devolución manual, en donde las solicitudes se radican ante la Dirección Operativa de Grandes Contribuyentes con la certificación que avale la naturaleza de los gastos y la titularidad del beneficio.
En ese orden de ideas, la norma estipula condiciones de admisibilidad rigurosas, como el límite de dos años de antigüedad para las facturas y la validación de la información suministrada por el Ministerio de Relaciones Exteriores.
Finalmente, la Dian podrá verificar la veracidad de las operaciones mediante cruces de información con los proveedores para asegurar que el beneficio se aplique exclusivamente a los sujetos acreditados en el país.
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