Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Reliquidación de la pensión es un derecho, ¿sabe cómo solicitarla?


Reliquidación de la pensión es un derecho, ¿sabe cómo solicitarla?
Actualizado: 12 agosto, 2019 (hace 5 años)

La reliquidación de la pensión es un derecho irrenunciable de todo beneficiario. Consiste en el reajuste del monto asignado como pensión, en caso de que se haya hecho un mal cálculo u omitido algún factor prestacional. Conozca las pautas que debe tener en cuenta para hacer la reclamación.

“desde el momento en que una entidad pública o privada reconoce el pago de una pensión, nace para el beneficiario inconforme la posibilidad de presentar una reclamación”

Cabe recordar que, desde el momento en que una entidad pública o privada reconoce el pago de una pensión, nace para el beneficiario inconforme la posibilidad de presentar una reclamación, con el objetivo de que se evalúen los fundamentos que dieron origen al reconocimiento y así determinar si existe o no un error en la liquidación de la prestación (consulte nuestra herramienta Derecho de petición para la reliquidación de pensión).

La liquidación de la pensión depende del régimen en el cual el trabajador haya realizado sus aportes. Así, en el régimen de prima media con prestación definida, administrado por Colpensiones, se debe considerar el ingreso base de liquidación –IBL–, correspondiente a los salarios o rentas sobre las cuales ha cotizado el afiliado durante los diez años anteriores al reconocimiento de la pensión, montos actualizados anualmente con base en la variación del índice de precios al consumidor     –IPC– reportado por el Dane.

En el régimen de ahorro individual con solidaridad el valor de la pensión por devengar durante la etapa de retiro será determinado y financiado teniendo en cuenta los aportes realizados a la cuenta de ahorro individual y sus rendimientos.

Por lo anterior, y en lo que concierne al tema en concreto, se procederá a continuación a enunciar pautas útiles para que realice la reclamación de la reliquidación de su mesada pensional.

Solicitud de reliquidación ante fondo de pensiones

“Recuerde apoyarse en documentos y pruebas, como son su historia laboral y las certificaciones donde conste su salario de los últimos diez años”

Para proceder a realizar la reclamación de la reliquidación de su pensión ante un fondo de pensiones debe:

  • Acercarse al fondo al que pertenezca, ya sea público o privado, y presentar por escrito la reclamación, en la que establezca claramente el porqué de sus consideraciones acerca del error en el monto entregado. Apóyese en los documentos y pruebas que estime pertinentes para demostrar su inconformidad.
  • En caso de que la queja sea presentada a un fondo de pensiones privado, dentro de los diez días hábiles siguientes a la notificación de la decisión presente la inconformidad con las pruebas que estime convenientes (extractos de los montos de su ahorro).
  • Igualmente, podrá interponer un recurso de apelación para que le revisen la reclamación, y si es el caso hagan los ajustes pertinentes.
  • Por otra parte, si está en Colpensiones, presente un recurso de reposición dentro de los diez días hábiles siguientes a la notificación de la decisión de la resolución, explicando que no está conforme con el monto de la pensión calculada y los motivos que respaldan la inconformidad. Recuerde apoyarse en documentos y pruebas, como son su historia laboral y las certificaciones donde conste su salario de los últimos diez años. Colpensiones revisará el recurso y decidirá si usted tiene derecho a un monto diferente.
  • Si no está satisfecho con la respuesta obtenida, puede presentar un recurso de apelación, explicando por qué no está conforme con el monto de la pensión y los motivos que lo llevan a no aprobar tal decisión. Colpensiones revisará y decidirá si tiene derecho a un monto distinto.
  • Como la solicitud se puede hacer mediante un escrito en donde se argumente la inconformidad, no se hace necesaria la presencia de un abogado. Sin embargo, si el interesado lo desea, podrá realizar la solicitud apoyándose en uno.
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Solicitud ante juez laboral

En caso de que la respuesta a la solicitud ante el fondo de pensiones privado o Colpensiones sea negativa y continúen las inconformidades frente al monto percibido, la persona puede acudir a instancias judiciales, esto mediante la presentación de una demanda para que el conflicto sea resuelto de forma definitiva por un juez laboral y se decida si el solicitante tiene derecho o no al reconocimiento del monto que solicita.

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