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Rentas que pueden imputarse en la cédula de rentas de trabajo


Actualizado: 24 octubre, 2017 (hace 6 años)

A partir del año gravable 2017 las personas naturales deben determinar su impuesto sobre la renta a través de cinco cédulas (rentas de trabajo, pensiones, rentas de capital, rentas no laborales y dividendos y participaciones), el uso de cada una de estas dependerá del tipo de ingreso que perciba el contribuyente durante el período gravable.

En el caso de la cédula de rentas de trabajo, el artículo 335 del ET establece que forman parte de dicha cédula los ingresos que se encuentran señalados en el artículo 103 del ET, que establece cuáles son las rentas que se consideran exclusivas de trabajo.

En este sentido, son rentas exclusivas de trabajo los “salarios, comisiones, prestaciones sociales, viáticos, gastos de representación, honorarios, emolumentos eclesiásticos, compensaciones recibidas por el trabajo asociado cooperativo y, en general, las compensaciones por servicios personales”.

Por otro lado, para que las compensaciones recibidas por el trabajo asociado cooperativo se consideren rentas de trabajo es necesario que la precooperativa o cooperativa haya registrado sus regímenes de trabajo y de compensaciones ante el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, además es obligatorio que dichas entidades hayan vinculado a sus trabajadores al sistema de pensiones (siempre y cuando no se encuentren pensionados o con asignación de retiro), salud y ARL.

Sobre el tema, es válido recordar que el artículo 206 del ET (al cual a partir del artículo 376 de la Ley 1819 de 2016 se le derogó el numeral noveno y el parágrafo cuarto) establece cada una de las rentas de trabajo que se encuentran exentas, las cuales según el artículo 336 del ET no pueden superar el 40 % de los ingresos netos ni las 5.040 UVT (equivalentes a $160.569.000 por el año gravable 2017).

Una vez se haya determinado la renta líquida cedular de las rentas de trabajo es necesario calcular el impuesto que se generaría en esta cédula conforme a la primera tabla del artículo 241 del ET modificado por el artículo 5 de la Ley 1819 de 2016.

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