Respuesta de Juan David Maya a la pregunta
¿Según los nuevos marcos contables, si el día 25 de septiembre quedó registrado ante cámara de comercio que la sociedad A absorbió a la sociedad B, la empresa A debe incorporar en su contabilidad la información financiera de la empresa B?
Juan David Maya, contador público, docente y consultor en Normas Internacionales de Información Financiera, indica que para dar respuesta al interrogante se debe tener presente que la fecha efectiva en la cual se obtiene el poder no necesariamente es la fecha en la cual se hace el registro en la cámara de comercio. Así las cosas, la norma contable establece que se debe realizar la combinación de negocios en el momento en el cual se adquiere el poder sobre la participada y que ese momento puede darse incluso antes de tramitar el proceso ante la cámara de comercio.