Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Reporte de información exógena: ¿deben informarse los saldos fiscales o contables?


Reporte de información exógena: ¿deben informarse los saldos fiscales o contables?
Actualizado: 23 marzo, 2021 (hace 3 años)

El reporte de exógena deberá presentarse entre el 27 de abril y el 10 de mayo de 2021 para los grandes contribuyentes, y entre el 11 de mayo y el 9 de junio de 2021 para las demás personas jurídicas y naturales.

Al preparar este reporte deberá considerarse el tipo de saldos a informar en cada formato.

En el siguiente video, nuestro conferencista Diego Guevara Madrid, destacado tributarista y líder de investigación en impuestos de Actualícese, explica si la información exógena se debe presentar en concordancia con los saldos contables o fiscales. Veamos:

De acuerdo con nuestro conferencista, cada año, al momento de preparar el reporte de información exógena del respectivo período fiscal, es importante primero armar las declaraciones tributarias, dado que la información exógena se alimenta de los saldos registrados en cada una de estas declaraciones. Por tanto, puede decirse que en el reporte de exógena se informan los saldos fiscales.

Para el caso del reporte en mención correspondiente al año gravable 2020 (regulado mediante la Resolución 000070 de 2019, modificada por la Resolución 000023 de 2021), se indica que en el formato 1008 v. 7 deberá registrarse el saldo de las cuentas por cobrar a diciembre 31 de 2020 que esté consignado en la declaración de renta. Así mismo, en el formato 1009 v. 7 deberá llevarse el saldo de los pasivos registrados en la misma declaración (ver también los formatos 1011 y 1012).

No obstante, es preciso resaltar que, respecto al formato 1001 v. 10, los gastos no deducibles que deberán informarse corresponderán a los saldos reflejados en la contabilidad, toda vez que, aunque estos no son imputados en la declaración de renta, la Dian requiere dicha información para realizar el cruce de los ingresos percibidos por parte de los terceros que recibieron tales pagos.

Material relacionado:

 


 

Descubre más recursos registrándote o logueándote. Iniciar sesión Registro gratuito
,