Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Reporte de información exógena del año gravable 2014


Actualizado: 16 noviembre, 2018 (hace 5 años)

Respuesta de Diego Guevara M. a la pregunta

Si una empresa no ha reportado la información exógena desde 2014, con solo presentar la información del 2017 ¿queda subsanada la situación?

Resueltas octubre 25 de 2018

Diego Guevara, experto en temas contables y tributarios, menciona que si un contribuyente presenta la información exógena correspondiente al año gravable 2017, no se puede concluir con ello que quedó exento de presentar las correspondientes a los años anteriores pendientes, pues de acuerdo con las instrucciones dadas en el artículo 638 del Estatuto Tributario, la Dian tiene hasta tres años para exigir el cumplimiento de la obligación tributaria, tiempo que se cuenta desde la fecha límite para realizar el reporte en mención.

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