Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Reporte de las cuentas por cobrar en la exógena


Actualizado: 14 abril, 2020 (hace 4 años)

Responde conferencista: Diego Guevara

¿Qué aspectos fiscales deben ser considerados al presentar los saldos de las cuentas por cobrar al 31 de diciembre de 2019 al presentar la información exógena?

Pregunta resuelta abril 07 de 2020

Inicialmente, los plazos para presentar la información exógena se determinaron en la Resolución 000008 del 31 de enero de 2020; sin embargo, debido a la crisis actual por el  COVID-19, el Gobierno nacional adoptó la medida de extender los vencimientos de la obligación en mención a través de la Resolución 000027 de marzo de 2020 y la Resolución 000046 del 7 de mayo de 2020.

Aclarado lo anterior, abrimos el siguiente espacio para el contador público Diego Guevara, especialista en temas contables y tributarios, quien interviene con la finalidad de explicar puntualmente cómo se reportan las cuentas por cobrar en la información exógena.

Descubre más recursos registrándote o logueándote. Iniciar sesión Registro gratuito
,