Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Reporte de las ganancias ocasionales en la declaración de renta personas naturales


Actualizado: 9 junio, 2020 (hace 4 años)

Responde conferencista: Diego Guevara

¿Cuál es el manejo fiscal de las ganancias ocasionales en el impuesto de renta de las personas naturales, correspondiente al año gravable 2019?

Pregunta resuelta junio 04 de 2020

Toda persona natural que califique como residente fiscal, y que a su vez esté obligada a presentar la declaración de renta por el año gravable 2019, deberá utilizar el formulario 210, prescrito con la Resolución 000045 de mayo de 2020, y hacer la depuración de sus respectivas fuentes de ingresos mediante la aplicación del sistema de cedulación, compuesto por: la cédula general, cédula de pensiones y la cédula de dividendos y participaciones.

Dicho lo anterior, abrimos el siguiente espacio para el contador público Diego Guevara, especialista en temas contables y tributarios, quien se encargará de explicar puntualmente cuál es la forma correcta de reportar en la declaración de renta de una persona natural las ganancias ocasionales.

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