Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Reporte de los intereses presuntivos en la información exógena 2020


Actualizado: 11 diciembre, 2020 (hace 3 años)

Responde conferencista: Diego Guevara

¿Los intereses presuntivos deben ser reportados en la información exógena?

Pregunta resuelta 26 de noviembre de 2020

En este consultorio, el Dr. Diego Guevara, especialista en temas contables y tributarios define si los intereses presuntivos, que son un requerimiento fiscal que se encuentra en el artículo 35 del Estatuto Tributario –ET–, deben ser reportados en la información exógena.

Es importante destacar que la información exógena del año gravable 2020 debe ser presentada siguiendo las instrucciones de la Resolución 000070 de 2020, para evitar las sanciones establecidas en el artículo 651 del ET.

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