En el formato 1001, los pagos por tiquetes aéreos o terrestres que se reembolsan a los empleados en las legalizaciones de gastos de viajes, pero que siempre son expedidos a nombre del empleado, ¿con qué NIT se reportan, con el de la aerolínea o con la cédula del empleado que legaliza los gastos de viaje?
Responde:
Dr. Diego Guevara Madrid (Líder de Investigación Tributaria de actualicese.co)
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