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Responde conferencista: Diego Guevara Madrid.
¿Cómo se elabora el reporte del registro único de beneficiarios finales cuando en una sociedad sus socios o accionistas son otras personas jurídicas?
Pregunta resuelta 22 de septiembre de 2022.
El RUB (consagrado en los artículos 631-5 y 631-6 del ET y reglamentado por la Resolución 000164 de 2021) es el registro a través del cual las personas jurídicas y estructuras sin personería jurídica o similares deben suministrar la información de sus beneficiarios finales.
De acuerdo con el artículo 6 de la Resolución 000164 de 2021, son considerados beneficiarios finales de las personas jurídicas los siguientes:
Conforme a lo anterior, el Dr. Diego Guevara Madrid explica que cuando una persona jurídica tiene otras personas jurídicas que figuran como socios o accionistas, se debe informar en el RUB como beneficiario final a la persona natural que figura como representante legal o quien ostenta una mayor autoridad en relación con las funciones de gestión o dirección de la persona jurídica (ver también el Oficio 342 de 2022).