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Reporte en centrales de riesgo no podría ser mayor a dos años


Actualizado: 10 febrero, 2016 (hace 8 años)

Con el proyecto de ley estatutaria 095/15C se busca modificar la Ley de Habeas Data. Se busca limitar el periodo de permanencia del reporte negativo en las centrales de riesgo a un máximo de dos años.

Este es el propósito del proyecto de ley estatutaria 095/15C, el cual modificaría la Ley 1266 del 2008 -Ley de Habeas Data. La reforma pretende limitar el periodo de permanencia del reporte negativo en las centrales de riesgo, el cual corresponderá al tiempo de mora y un máximo de dos años, una reducción significativa si se tiene en cuenta que el límite actualmente se encuentra en cuatro años.

En caso que la deuda no se haya pagado, el reporte negativo no podría ser mayor a cinco años. Si el reporte fue ocasionado por una obligación de hasta un salario mínimo legal, este se deberá eliminar tan pronto como se realice el pago.

El término para realizar los reportes disminuiría también, pues solo procederá si se realiza en un término máximo dos años. El incumplimiento de la notificación 20 días antes de reportar al deudor sería causal de retiro.

Fuente: Cámara de Representantes.

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