Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Reportes en la información exógena del año gravable 2015: 10 respuestas clave


Actualizado: 3 mayo, 2016 (hace 8 años)

Los vencimientos para presentar la información exógena del año gravable 2015 inician el 3 de mayo del 2016; sin embargo, aún existen algunas dudas sobre la  anera en que se debe reportar cierta información. A continuación se presentan 10 respuestas a algunas preguntas relacionadas con dichos reportes.

Exógena año gravable 2015 a presentar por funeraria que recibe ingresos para terceros

Los ingresos recibidos o facturados a nombre de terceros se deben reportar en el formato 1647. Así pues, en este formato se debe informar tanto el tercero al cual se le expidió la factura, como el verdadero dueño del ingreso.  

Reporte de las contribuciones a fondos mutuos de inversión en exógena año gravable 2015

Las contribuciones a los fondos mutuos de inversión que hacen los empleadores por sus trabajadores constituyen un pago al empleado, el cual se debe reportar en el certificado de ingresos y retenciones; dicha contribución le genera un ingreso al empleado a pesar de que el mismo no es salarial. Para efectos de la información exógena del año gravable 2015, como dicha contribución es un pago al empleado, este se debe reportar en el formato 1001 con el Concepto 5001.

Reporte de descuentos comerciales condicionados en la información exógena año gravable 2015

Las empresas que conceden descuentos comerciales condicionados y que los reportan como gastos, deben reportar dichos descuentos en el formato 1001 con el Concepto 5016. Sin embargo, si en la declaración de renta la empresa opta por denunciar en el renglón 46 –Devoluciones, rebajas y descuentos en ventas– los descuentos que otorgue, deberá reportar estos descuentos en el formato 1007.

Reporte del IVA por importaciones en la exógena año gravable 2015

El IVA por importaciones se toma como si lo generara la DIAN, razón por la cual el tercero con el cual se debe reportar dicho IVA es la DIAN.  

Reporte del costo por aranceles en la información exógena tributaria año gravable 2015

Los costos por aranceles que se generen en los procesos de importación tienen como beneficiario a la DIAN, pues es a esta a quien se le genera un ingreso. Por tanto, en la información exógena del año gravable 2015 el beneficiario o tercero que se debe reportar por dichos costos es la DIAN.

Reporte de gastos por comisiones bancarias en la información exógena año gravable 2015

Los gastos por comisiones bancarias se deben reportar en el formato 1001 con el Concepto 5003.

Formato a utilizar cuando se reportan pagos por licencia de maternidad en exógena 2015

Los pagos por licencia de maternidad que recibe la empresa de la EPS, como reintegro de los valores que esta ya le pagó a la trabajadora, se deben reportar como un ingreso en el formato 1007 utilizando el Concepto 4002.

Exógena para persona natural que adquirió por sucesión un derecho litigioso

Los derechos adquiridos a través de una sucesión ilíquida se entienden como activos heredados que se reportan como ganancia ocasional en la declaración de renta.  Para la información exógena del año gravable 2015, la persona debe reportar de quién recibió dicho ingreso en el formato 1007.

Reporte de retenciones practicadas a empresa por Industria y Comercio en exógena año gravable 2015

Las retenciones en la fuente a título del impuesto de Industria y Comercio no se deben reportar en la información exógena que se presenta a la DIAN, razón por la cual estas no se deben incluir en el formato 1003, que es en el cual se informan las retenciones que le practican al informante.

Exógena e impuesto de renta para empresa que factura $100 millones en octubre del 2015 y contrata otra empresa

Si una empresa genera ingresos en el 2015, pero los costos y gastos relacionados con este se causan en el año siguiente, dichos costos y gastos se deben reportar en la información exógena del año gravable 2016.

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