Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Requisitos de género: conoce los pronunciamientos clave para aplicar a un empleo


Requisitos de género: conoce los pronunciamientos clave para aplicar a un empleo
Actualizado: 21 marzo, 2022 (hace 2 años)

Pese a que no existe una norma concreta que prohíba a los empleadores exigir requisitos de género en una oferta laboral, hay sustento legal suficiente para afirmar que ello no es importante a la hora de contratar.

En las siguientes líneas te contaremos su tratamiento normativo y jurisprudencial.

A partir de la Sentencia T-247 de 2010 se sentaron las bases de la equidad de género en la selección de un cargo, aclarando que hay exclusión legítima a un cargo cuando esté relacionada con la naturaleza de la labor, sin que medien prejuicios y generalizaciones simplistas y se dé la oportunidad a quien se considere sujeto en desventaja.

A continuación, Angie Marcela Vargas, abogada consultora en derecho laboral, responde el siguiente interrogante: ¿son legales los requisitos de género exigidos por las empresas en la selección de trabajadores?

Posición normativa y jurisprudencial sobre los requisitos de género

Entre otras normas, el legislador se encargó de regular asuntos similares respecto de la igualdad entre trabajadores y trabajadoras en la Ley 1496 de 2011, que modificó al artículo 10 del Código Sustantivo del Trabajo –CST– para establecer que no son válidas las distinciones salariales por cuestiones de género.

Asimismo, en consideración a las razones de inequidad y discriminación esgrimidas, la Corte Constitucional en la Sentencia C-586 de 2016 declaró inconstitucionales las expresiones que establecían una diferencia de trato entre hombres y mujeres.

A su vez, en la reciente Sentencia C-038 de 2021, la Corte indica que darle la potestad al empleador para que decida qué labores pueden o no realizar las mujeres se traduce en un trato discriminatorio.

La Corte recordó que, con el fin de deshacer los rezagos patriarcales impuestos en la sociedad, es conveniente abolir las disposiciones que contengan el estigma de la incapacidad de las mujeres para definir su curso de acción en el campo laboral.

Este desarrollo normativo da luces sobre la pregunta que planteamos al inicio, para afirmar que no se puede establecer un requisito de género en las ofertas de empleo, pues, de hacerlo, se vulneraría la dignidad e identidad de las mujeres.

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