Requisitos para pertenecer al régimen simple de tributación
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Publicado: 12 febrero, 2019
Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas. Si detecta algún error, por favor avísenos haciendo click en “Reportar un error” (más abajo en esta misma página). Mil gracias.
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Si entre los requisitos para pertenecer al régimen simple se menciona que los ingresos brutos, ordinarios o extraordinarios del año anterior deben ser inferiores a 80.000 UVT, y después se dice que no harán parte de la base gravable las ganancias ocasionales ni los ingresos no constitutivos de renta ni ganancia ocasional, ¿cómo deben interpretarse ambas precisiones?
Resueltas en enero 31 de 2019
El nuevo texto del artículo 905 del ET señala que las personas naturales y jurídicas podrán ser sujetos pasivos del impuesto unificado bajo el régimen simple de tributación, siempre y cuando cumplan las siguientes condiciones:
En el año gravable anterior debieron obtener ingresos brutos ordinarios inferiores a 80.000 UVT ($2.652.480.000 para 2018 y $2.741.600.000 para 2019). Las empresas constituidas a partir del 1 de enero de 2019 estarán condicionadas a que los ingresos brutos percibidos durante el año no superen este límite.
Si uno de los socios (persona natural) posee uno o varias empresas, o tiene participación en más de una sociedad inscrita en este régimen, los límites máximos de los ingresos brutos serán revisados de forma consolidada, en proporción a su participación.
Si un socio (persona natural) posee una participación superior al 10 % en una o varias sociedades no inscritas en el régimen simple, los límites máximos de ingresos brutos se revisarán de forma consolidada, de acuerdo con su participación.
Si un socio (persona natural) es gerente o administrador de otras empresas, los límites de ingresos brutos máximos serán revisados de forma consolidada con los de la sociedad que administra.
Deberán estar al día con sus obligaciones tributarias, así como también con el pago de sus contribuciones al sistema de seguridad social integral. Adicionalmente, deberán estar inscritos en el RUT y contar con todos los demás mecanismos electrónicos de cumplimiento, firma y facturación electrónica.
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