La Junta Central de Contadores –JCC– oficializó a través de la Resolución 000003 del 2 de enero de 2018 el valor de los trámites y servicios que ofrecerá para el 2018 y a través de la Resolución 001002 publicó las modificaciones realizadas a la Resolución 000973 de 2015.
La Junta Central de Contadores a través de la Resolución 001002 de 2017 modifica algunos lineamientos incluidos en la Resolución 000973 de 2015 para atender la política de reducción y simplificación de trámites que impulsa el gobierno nacional, por tanto se modifica el procedimiento en línea para la inscripción por primera vez y expedición de la tarjeta profesional del contador público o tarjeta de registro profesional de las entidades que presten servicios contables.
Así pues, el artículo 4 de la Resolución 000973 de 2015 menciona en cuanto al procedimiento de solicitud de inscripción de tarjeta profesional del contador público o registro profesional de las entidades que presten servicios contables, que si la información incluida en los formularios electrónicos y/o en los documentos adjuntos por el solicitante se encuentra incompleta, ilegible, imprecisa o es insuficiente para realizar dicho trámite, la Junta Central de Contadores podrá pedir al solicitante o representante legal dentro de 10 días hábiles siguientes a la radicación de la solicitud, que este aporte la información adicional.
En concordancia con lo anterior, el artículo 1 de la Resolución 001002 de 2017 adiciona el parágrafo 2 al artículo 4 de la Resolución 000973 de 2015, el cual menciona que cuando el solicitante entregue la documentación o proporcione una respuesta al respecto en el término de tiempo indicado, la Junta Central de Contadores tendrá el mismo término de 10 días hábiles siguientes a la radicación para verificar si el solicitante cumplió con lo requerido.
Ahora bien, a través del artículo 2 de la Resolución 001002 de 2017 se evidencia una modificación al artículo 6 de la Resolución 000973 de 2015 referente al tiempo que tiene la Junta Central de Contadores para realizar el procedimiento de inscripción en el registro profesional de contadores públicos o el registro profesional de las entidades que presten servicios contables, el cual tenía un tiempo establecido de 2 meses anteriormente y ahora se deberá surtir dentro de 12 días calendario. Por otra parte, cabe anotar que no cambia el procedimiento incluido en los numerales 1, 2 y 3 del mencionado artículo.
Otro cambio en los tiempos de ejecución se evidencia en el artículo 9 de la Resolución 000973 de 2015 (modificado por el artículo 3 de la Resolución 001002 de 2017), en el que se establece que cumplido el procedimiento establecido para la inscripción ya sea del contador o entidad que preste el servicio profesional contable la elaboración de la tarjeta profesional o del registro profesional deberá realizarse dentro de los 8 días calendario siguientes a su aprobación, anteriormente la Junta Central de Contadores tenía un tiempo de 30 días para dicho proceso.
De acuerdo a la facultad que le confiere el artículo 20 de la Ley 43 de 1990 y el artículo 11 de la Ley 1314 de 2009 a la Junta Central de Contadores y teniendo en cuenta el incremento del salario mínimo para 2018; con el fin de precisar las sumas que se cobren por concepto de inscripción profesional de los contadores públicos y las entidades que presten servicios contables, así como los demás trámites y servicios que ofrece dicha entidad, se publica el 2 de enero la Resolución 000003 de 2018 con los valores para los trámites y servicios para 2018, quedando de la siguiente manera: