Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Resolución 00040 de 04-02-2011


Actualizado: 4 febrero, 2011 (hace 13 años)

Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural
Resolución 000040
04-02-2011

Por medio de la cual se fijan los precios del ganado bovino para efectos tributarios correspondientes a la vigencia fiscal del año 2010.

El Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural, en uso de sus facultades legales y en especial las que le confiere el artículo 276 del Estatuto Tributario,

Resuelve:

Artículo 1°. Fijar el valor comercial del ganado bovino en pie, para la vigencia fiscal 2010, teniendo en cuenta los precios de los mercados regionales de conformidad con las zonas definidas más adelante y de acuerdo con los siguientes tipos de ganado: a) ganado tipo comercial: el destinado a la cría, levante y ceba para consumo; b) ganado tipo carne de selección: el destinado a la cría de reproductores puros; c) ganado tipo leche de selección: las razas lecheras puras, y d) ganado tipo leche mestizo: el cruce de las razas lecheras cuyo principal propósito es la producción de leche.

Artículo 2°. Para la fijación de los precios de tales tipos y categorías de ganados, se establecen las siguientes zonas en el país por departamentos que servirán de fundamento para la fijación del precio mínimo del ganado bovino tipo comercial:

Nota: Los cuadros incluidos en esta norma pueden consultarse en el Diario Oficial impreso o en la versión Pdf.

Artículo 5°. Vigencia. La presente resolución rige a partir de su publicación en el Diario Oficial.

Publíquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a los 04-02-2011.

El Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural,
Juan Camilo Restrepo Salazar.

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