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Resolución 3001 de 08-10-2012


Actualizado: 8 octubre, 2012 (hace 12 años)

Ministerio de Hacienda y Crédito Público
Resolución 3001

08-10-2012

Por la cual se efectúa una delegación de funciones en la Subdirección de Gestión de Fiscalización Tributaria de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, en uso de sus facultades legales, en especial las que le confiere el artículo 9° de la Ley 489 de 1998 y de acuerdo con los artículos 3° y 4° del Decreto número 2025 de 1996, y

Considerando:

Que el artículo 3° del Decreto número 2025 de 1996 establece que el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, a través de la dependencia delegada para el efecto, expedirá la autorización para que las entidades administradoras del correspondiente Fondo Parafiscal efectúen visitas de inspección a los libros de contabilidad, soportes contables y registros, de los sujetos de la contribución y de las entidades recaudadoras de las contribuciones parafiscales del sector agropecuario y pesquero;

Que, a su vez, el artículo 4° del mencionado decreto, dispone que la dependencia de­legada del Ministerio de Hacienda y Crédito Público ejercerá la facultad de verificación y declaración de conformidad o inconformidad, frente a los informes presentados por los representantes legales de las entidades administradoras de los Fondos Parafiscales, cuando las respectivas cuotas no se paguen en tiempo o sean pagadas con irregularidades en la liquidación, en el recaudo o en la consignación;

Que por lo anterior, se hace necesario delegar la facultad de expedir la autorización para efectuar visitas de inspección a los libros de contabilidad, soportes contables y registros, de los sujetos de la contribución y de las entidades recaudadoras, que solici­ten los representantes legales de las entidades administradoras de los correspondientes Fondos Parafiscales, así como la facultad de verificación y declaración de conformidad o inconformidad de los informes presentados por los mencionados representantes legales,

Resuelve:

Artículo 1°. Delegar en el Director de Gestión de Fiscalización Tributaria de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, o quien haga sus veces, la facultad de expedir la autorización para efectuar visitas de inspección a los libros de contabilidad, soportes contables y registros de los sujetos de la contribución y de las entidades recaudadoras, que soliciten los representantes legales de las entidades administradoras de los correspondientes Fondos Parafiscales de los sectores agropecuario y pesquero, en los términos del artículo 3° del Decreto número 2025 de 1996.

Artículo 2°. Delegar en el Director de Gestión de Fiscalización Tributaria de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, o quien haga sus veces, la facultad de declarar la conformidad o inconformidad con los reportes rendidos por los representantes legales de las entidades administradoras de los Fondos de que trata el Decreto número 2025 de 1996, cuando las cuotas respectivas no se paguen en tiempo, no hayan sido recaudadas o se paguen con irregularidades en la liquidación, en el recaudo o en la consignación respectiva.

Para el cumplimiento de este objeto, el funcionario delegado podrá ordenar, cuando lo estime procedente, las verificaciones necesarias en los libros de contabilidad tanto de las personas obligadas a cancelar dichas contribuciones, como en los de los recaudadores, o disponer, frente a las entidades administradoras de los correspondientes Fondos, las ins­pecciones y requerimientos que sean conducentes para la realización de esta verificación.

Así mismo, el funcionario delegado podrá hacer los requerimientos, autorizaciones y asignaciones funcionales que estime necesarias, con sujeción estricta en todo caso, al plazo máximo de diez (10) días y demás requisitos formales establecidos en el artículo 4° del Decreto número 2025 de 1996.

Artículo 3°. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación y deroga la Resolución número 3836 del 21 de diciembre de 2011.

Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a los 08-10-2012.

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Mauricio Cárdenas Santamaría.

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