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Resolución 3520 de 15-11-2012


Actualizado: 15 noviembre, 2012 (hace 11 años)

Ministerio de Hacienda y Crédito Público
Resolución 3520

15-11-2012

Por la cual se aclara la Resolución número 3001 de 2012.

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, en ejercicio de sus facultades legales, en especial las que le confiere el artículo 9° de la Ley 489 de 1998 y de acuerdo con los artí­culos 3° y 4° del Decreto número 2025 de 1996, y

Considerando:

Que mediante la Resolución número 3001 de 2012, “por la cual se efectúa una delegación de funciones en la Subdirección de Gestión de Fiscalización Tributaria de la Unidad Admi­nistrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales” se delegó la facultad de expedir la autorización para efectuar visitas de inspección a los libros de contabilidad, soportes contables y registros de los sujetos de la contribución y de las entidades recaudadoras, que soliciten los representantes legales de las entidades administradoras de los correspondientes Fondos Parafiscales de los sectores agropecuario y pesquero, en los términos del artículo 3° del Decreto número 2025 de 1996 y, la facultad de declarar la conformidad o inconformidad con los reportes rendidos por los representantes legales de las entidades administradoras de los Fondos de que trata el Decreto número 2025 de 1996, cuando las cuotas respectivas no se paguen en tiempo, no hayan sido recaudadas o se paguen con irregularidades en la liquidación, en el recaudo o en la consignación respectiva;

Que en los artículos 1° y 2°, de la mencionada resolución, se incurrió en un error de transcripción al referirse al “Director de Gestión de Fiscalización Tributaria de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales”, en lugar de al “Subdirector de Gestión de Fiscalización Tributaria de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales”;

Que se hace necesario corregir el error de transcripción identificado en los artículos 1° y 2° de la Resolución número 3001 de 2012.

Resuelve:

Artículo 1°. Aclarar los artículos 1° y 2° de la Resolución número 3001 de 2012, en el sentido de que la delegación conferida en los mismos se hace al Subdirector de Gestión de Fiscalización Tributaria de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales o a quien haga sus veces y no a quien allí aparece.

Artículo 2°. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 15 de noviembre de 2012.

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Mauricio Cárdenas Santamaría.

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