Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Resolución 4769 de 28-04-2011


Actualizado: 28 abril, 2011 (hace 13 años)

DIAN
Resolución 4769

28-04-2011

Por la cual se amplía un plazo para presentar la información exógena tributaria Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales establecida en las Resolución 8658, 8659 y 8660 de 2010, para los obligados a informar que se encuentren damnificados por el Fenómeno de la Niña.

El Director General de Impuestos y Aduanas Nacionales

En uso de sus facultades legales, en especial las que le confieren el Numeral 12 del artículo 6 del Decreto 4048 de 2008, los artículos 631 y 633 del Estatuto Tributario, el artículo 6 de las Resoluciones 8658 y 8659 de 2010 y el artículo 21 de la Resolución 8660 de 2010, y

Considerando

Que en el mes de noviembre de 2010 se agudizó en forma inusitada e irresistible el fenómeno de La Niña desatado en todo el país y que constituyó un desastre natural de dimensiones extraordinarias e imprevisibles.

Que par efecto de la ola invernal, se han afectado los archivos que contienen información que deben suministrar los damnificados por el fenómeno de La Niña conformidad con los artículos 631 y 633 del Estatuto Tributario.

Que la situación aludida no es atribuible a los informantes, algunos de los cuales no pueden cumplir con el respectivo deber formal de presentar la información solicitada por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales en la fecha prevista.

Que los artículos 6 de las Resoluciones 8658 y 8659 de 2010 y 21 de la Resolución 8660 de 2010, facultan a la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales para habilitar términos con el fin de facilitar el cumplimiento del respectivo deber legal, el evento de presentarse situaciones de fuerza mayor.

Que en virtud de lo anterior, se requiere ampliar el plazo de presentación de información establecida en las Resoluciones 8658, 8659 y 8660 de 2010, a informantes damnificados de la ola invernal que se encuentren registrados en censos de afectados elaborados por los Comités Locales de los municipios, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 5 del Decreto 4579 de 2010.

Resuelve

Artículo 1. Ampliación del plazo para la presentación de información exógena tributaria. Los contribuyentes damnificados por el fenómeno de La Niña y que se encuentren en los censos elaborados por los Comités Locales de los Municipios de conformidad con lo dispuesto por el artículo 5 del Decreto 4579 de 2010, podrán presentar la información solicitada por la entidad mediante las Resoluciones 8658, 8659 y 8660 de 2010, hasta el día 15 de junio de 2011, sin que opere sanción por extemporaneidad e independientemente del número del NIT.

Artículo 2 Vigencia. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese y Cúmplase

Dada en Bogotá D. C., a los ., 28-04-2011.

JUAN RICARDO ORTEGA LOPEZ
Director General

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