Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Responsabilidad de los fondos de pensiones en un traslado de régimen


Actualizado: 29 octubre, 2021 (hace 2 años)

Ángel Custodio Cabrera afirmó que los fondos de pensiones deben garantizar que los ciudadanos reciban toda la asesoría antes de cambiarse de régimen.

El ministro del Trabajo, Ángel Custodio Cabrea, participó de la audiencia pública virtual Traslado de un fondo privado de pensión a Colpensiones, organizado por la Corte Constitucional.

El evento tuvo como finalidad, escuchar a todos los involucrados en la discusión sobre el traslado de los fondos privados de pensiones a Colpensiones, con el objetivo de tener mayores elementos de juicio antes de tomar una decisión.

La audiencia pública virtual se convocó en el marco de 19 tutelas que presentaron ciudadanos para obtener la anulación del traslado de Régimen de Prima Media (Colpensiones) al Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad (fondos privados) por no haber obtenido la información adecuada para adelantar el cambio de régimen pensional.

Cabrera destacó que los fondos de pensiones deben garantizar que los ciudadanos reciban toda la asesoría como condición previa para que proceda el traslado entre regímenes.

Adicionalmente, mencionó que se han expedido normas que protegen la libre escogencia y el derecho a la información de quien quiera trasladarse de régimen pensional. Así se garantiza la sostenibilidad del sistema.

A la audiencia fueron citadas entidades, instituciones, personas expertas y un representante de los pensionados, con quienes se buscaron obtener información sobre asuntos relevantes como: impactos jurídicos, fiscales y financieros de las distintas clases de traslados entre los regímenes que integran el Sistema General de Pensiones.

Fuente: Ministerio del Trabajo.

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