Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Responsabilidad de pagar impuesto a la riqueza por empresa liquidada en diciembre de 2016


Actualizado: 26 mayo, 2017 (hace 7 años)

Una sociedad que se liquidó a mediados de diciembre de 2016, ¿debe pagar el impuesto a la riqueza para el 1 de enero de 2017?

Resuelta 11 de Mayo  de 2017

El Dr. Diego Guevara, teniendo en cuenta que la pregunta va orientada a una empresa que existió también en enero 01 de 2015, fecha en la cual tenía un patrimonio líquido  superior a los 1000 millones, señala que a esta le tocaba presentar tres declaraciones, la de 2015, 2016 y 2017. Sin embargo, si la empresa se liquidó a mediados de 2016, al llegar el 01 de enero de 2017 ya no tiene la obligación de presentar la declaración del impuesto a la riqueza, porque, según el artículo 6 de la Ley 1739 de 2014 el cual le agregó el artículo 297-2 al ET, esta dejó de existir jurídicamente al darse el proceso de liquidación.

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