Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Responsable del pago de seguridad social en contrataciones a través de empresas temporales


Actualizado: 22 enero, 2018 (hace 6 años)

Respuesta de Natalia Elena Jaimes Lúquez a la pregunta 

 ¿Si una empresa de servicios temporales se rehúsa a realizar los pagos que se generan del contrato laboral de una persona a la que ha vinculado a otra empresa, sobre quién recae la responsabilidad de realizar dichos pagos?, ¿se transfiere a la empresa usuaria? 

Natalia Jaimes Lúquez, experta en derecho laboral, deja en claro que, cuando se contrata personal a través de una empresa de servicios temporales para que presten servicios a un tercero, es la empresa de servicios temporales que tiene la obligación de realizar los pagos de todas las acreencias laborales que se desprenden cuando se firma un contrato de trabajo.

Es importante precisar las situaciones en las que una entidad puede emplear personal a través de una empresa de servicios temporales:

  • Al tratarse de labores ocasionales.
  • Al requerirse reemplazar el personal.
  • Al presentarse incremento en la producción.
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